Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Cooperativas. Subvenciones.- (2021060946)
Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a apoyar los procesos de reestructuración del sector cooperativo agroalimentario para 2021.
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NÚMERO 69
Miércoles, 14 de abril de 2021

18716

c) Copia auténtica del DNI del representante legal de la entidad solicitante.
El órgano instructor recabará de oficio los datos relativos a la identidad del representante legal de la entidad, salvo oposición expresa, que ha de constar en el anexo I de la
presente resolución.
d) Acreditación de poder suficiente y en vigor para actuar ante la Administración Pública
de la persona física que actúe en nombre y representación de la persona jurídica.
e) D
 eclaración responsable del representante legal de la entidad solicitante de la ayuda,
relativa a las ayudas públicas solicitadas y/o recibidas para la misma finalidad; a la vigencia de los datos obrantes en la documentación aportada; a que la actividad principal
se desarrolla en la Comunidad Autónoma de Extremadura; a la obligación de mantener
su actividad durante, al menos, cinco años desde la concesión de las subvenciones reguladas en esta resolución; a que, al menos, el 80% del capital social y/o de los derechos políticos y sociales pertenece a socios que en los cinco años anteriores a la solicitud
no hayan pertenecido, a su vez, a otras entidades beneficiarias de ayudas para la misma
finalidad que las reguladas en esta resolución. Todo ello, conforme a los anexos I y II
que se acompañan a la presente resolución.
f) Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con
la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica.
El órgano instructor recabará de oficio las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal
de la Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad y por la Hacienda Autonómica, salvo oposición expresa o no autorización del interesado, en su caso,
que ha de constar en el anexo I de la presente resolución.
g) Alta de Terceros (en caso de no estar inscrito en el Sistema de Terceros de la Junta de
Extremadura).
3. A
 demás, las solicitudes de ayudas para financiar los gastos de puesta en marcha y gestión
de las entidades que, teniendo por objeto actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de
acuicultura o mixtas, resulten de los procesos de reestructuración señalados en el artículo
1.1.a) de las bases reguladoras deberán aportar también:
a) Plan de Reestructuración, conforme a los requisitos exigidos en el artículo 3.1 de las
bases reguladoras.
b) Estatutos vigentes, que contengan los requisitos exigidos en el artículo 3.2 (en caso
contrario, deberá acompañar certificado del secretario de la entidad sobre el acuerdo