Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060967)
Resolución de 23 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuyo promotor es Agropecuaria La Atalaya, SL, en el término municipal de Valencia de las Torres. Expte.: IA20/0111.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 69
Miércoles, 14 de abril de 2021

18753

encinar, en ella nace el arroyo del Barrero, es zona de campeo y alimentación de
especies esteparias y tiene presencia de hábitats naturales de Zonas subestepicas de
gramíneas y anuales y matorrales termomediterráneos y preestepico.


Las acciones que pueden causar mayor impacto pertenecen a la fase de construcción
de las instalaciones necesarias para la adaptación de la explotación porcina, mediante los movimientos de maquinaria y excavaciones para dichas construcciones.



Respecto a la contaminación del suelo, no es previsible la generación de vertidos
que puedan contaminar el suelo y los que puedan producirse durante la ejecución y
desarrollo del proyecto, serán de escasa entidad y evitables y/o corregibles con la
aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas.



Aplicando las correspondientes medidas preventivas estas afecciones no deberían ser
significativas.




— Fauna.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas comunica que
la actividad solicitada no se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura
2000 y que los valores naturales reconocidos en el Anexo I de la Directiva de Aves
2009/147/CE, en los hábitats y especies de los Anexos I y II de la Directiva Hábitats
92/43/CEE, y en el Anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001) son:



— Zona de campeo y alimentación de especies esteparias como sisón, aguilucho cenizo,
cernícalo primilla, avutarda, milano real, lince ibérico, ⁄etc.



No obstante, informa que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma
apreciable a especies del Anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas,
siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el informe e incluidas en la
presente resolución.




— Vegetación.
La parcela donde se proyecta la explotación porcina forma parte de hábitats naturales de Zonas subestepicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea hábitat
prioritario y Matorrales termomediterráneos y preestepico.



No obstante, no es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre hábitat naturales siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el informe
del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas e incluidas en la
presente resolución.