Disposiciones Generales. Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas.- (2021050049)
Orden de 9 de marzo de 2021 por la que se modifica la Orden de 30 de abril de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, incorporado al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
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NÚMERO 68
Martes, 13 de abril de 2021
18463
2.º C
oncepto por el que se realiza el pago, mes de la renta y vivienda objeto del
contrato.
3.º D
esglose de las cantidades abonadas por los diferentes conceptos (alquiler, gastos de comunidad, suministros, garaje, trastero, muebles, entre otros), en cuyo
caso, se deberá acompañar copia del documento que acredite el desglose de las
cantidades abonadas por los diferentes conceptos, si los hubiese, salvo que esté
establecido dicho desglose en el contrato de arrendamiento.
Asimismo, y en defecto de lo anterior, se admitirá, a efectos de justificación, cualquier
documento válido en derecho que, sin contener enmiendas ni tachaduras, acredite el
reconocimiento del pago efectuado por la persona arrendataria y haga constar los extremos señalados anteriormente, así como las firmas de las personas arrendataria y
arrendadora.
La falta de presentación de los justificantes o documentos acreditativos del pago de la
renta, en los términos anteriormente señalados, será causa de pérdida del derecho al
cobro de la ayuda, si bien la resolución, en que así se acuerde, no alcanzará a las mensualidades justificadas en debida forma.
La justificación parcial del abono de la mensualidad de renta dará lugar a la pérdida
parcial del derecho a la ayuda completa, correspondiente a dicha mensualidad, no pudiendo aplicarse reglas proporcionales.
d.9) C
opia del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite los epígrafes de la actividad económica de la persona que desarrolle actividades
profesionales o mercantiles, conforme al Impuesto sobre Actividades Económicas,
en su caso.
d.10) Copia de las facturas o justificantes de la transferencia, domiciliación bancaria o
ingreso en efectivo en la cuenta del acreedor de los suministros de electricidad,
gas, gasoil para calefacción, agua corriente y telecomunicación fija y móvil, salvo
que el importe de renta de alquiler fuere igual o superior al 35 por 100 de los
ingresos netos acreditados y no fuera precisa su aportación.
d.11) Copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(IRPF), perteneciente al ejercicio 2019 -en su caso- y al 2020 -en todo caso-, que
corresponda a los miembros de la unidad familiar.
En caso de no estar obligado a presentar la citada declaración, deberá aportar certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que así lo acredite.
Martes, 13 de abril de 2021
18463
2.º C
oncepto por el que se realiza el pago, mes de la renta y vivienda objeto del
contrato.
3.º D
esglose de las cantidades abonadas por los diferentes conceptos (alquiler, gastos de comunidad, suministros, garaje, trastero, muebles, entre otros), en cuyo
caso, se deberá acompañar copia del documento que acredite el desglose de las
cantidades abonadas por los diferentes conceptos, si los hubiese, salvo que esté
establecido dicho desglose en el contrato de arrendamiento.
Asimismo, y en defecto de lo anterior, se admitirá, a efectos de justificación, cualquier
documento válido en derecho que, sin contener enmiendas ni tachaduras, acredite el
reconocimiento del pago efectuado por la persona arrendataria y haga constar los extremos señalados anteriormente, así como las firmas de las personas arrendataria y
arrendadora.
La falta de presentación de los justificantes o documentos acreditativos del pago de la
renta, en los términos anteriormente señalados, será causa de pérdida del derecho al
cobro de la ayuda, si bien la resolución, en que así se acuerde, no alcanzará a las mensualidades justificadas en debida forma.
La justificación parcial del abono de la mensualidad de renta dará lugar a la pérdida
parcial del derecho a la ayuda completa, correspondiente a dicha mensualidad, no pudiendo aplicarse reglas proporcionales.
d.9) C
opia del certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite los epígrafes de la actividad económica de la persona que desarrolle actividades
profesionales o mercantiles, conforme al Impuesto sobre Actividades Económicas,
en su caso.
d.10) Copia de las facturas o justificantes de la transferencia, domiciliación bancaria o
ingreso en efectivo en la cuenta del acreedor de los suministros de electricidad,
gas, gasoil para calefacción, agua corriente y telecomunicación fija y móvil, salvo
que el importe de renta de alquiler fuere igual o superior al 35 por 100 de los
ingresos netos acreditados y no fuera precisa su aportación.
d.11) Copia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(IRPF), perteneciente al ejercicio 2019 -en su caso- y al 2020 -en todo caso-, que
corresponda a los miembros de la unidad familiar.
En caso de no estar obligado a presentar la citada declaración, deberá aportar certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que así lo acredite.