Disposiciones Generales. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Financiación.- (2021040026)
Decreto 24/2021, de 7 de abril, por el que se crea y regula la Comisión de estudio y propuesta para la financiación de la gestión municipal del Sistema de Servicios Sociales.
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NÚMERO 68

18440

Martes, 13 de abril de 2021

la autonomía municipal de Extremadura, no gozan, según la Ley 14/2015, de 9 de abril, de
Servicios Sociales de Extremadura, del carácter de competencias propias municipales.
El objeto de este decreto es, en efecto, crear y regular a través de una Comisión de estudio
y, propuesta un mecanismo de trabajo que estudie y realice propuestas en materia de financiación de los servicios sociales mediante la coordinación y cooperación entre la Comunidad
Autónoma y los gobiernos locales o de entre estos entre sí, cumpliéndose, de este modo, el
principio rector del Sistema Público de Servicios Sociales de responsabilidad pública.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 h) y 90.2 de la
Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, a propuesta de la Presidencia de la Junta de Extremadura y de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, oída la Comisión Jurídica de Extremadura, previa deliberación
del Consejo de Gobierno en su sesión de 7 de abril de 2021,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y naturaleza.
1. E
 n cumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 3/2019, de
22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura, el presente decreto
tiene por objeto la creación de la Comisión de estudio y propuesta para la financiación de
la gestión municipal del Sistema de Servicios Sociales.
2. L
 a Comisión de estudio y propuesta para la financiación de la gestión municipal del Sistema
de Servicios Sociales se constituye como un órgano colegiado de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las entidades que integran la Administración Local de Extremadura, para realizar labores de estudio y propuesta en materia
de financiación para la gestión de servicios sociales bajo los principios de coordinación y
cooperación que han de regir la actuación administrativa, con las funciones que se determinan en el artículo 2.
3. L
 a Comisión de estudio y propuesta para la financiación de la gestión municipal del Sistema
de Servicios Sociales estará adscrita a la Consejería competente en materia de servicios
sociales, a través de la Dirección General con competencias en materia de servicios sociales.
Artículo 2. Funciones.
1. L
 a Comisión de estudio y propuesta para la financiación de la gestión municipal del Sistema
de Servicios Sociales tendrá las siguientes funciones: