Disposiciones Generales. Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas.- (2021050045)
Orden de 29 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 67
Lunes, 12 de abril de 2021
18188
d) Acreditar estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en
el caso de haberse opuesto o haber denegado la autorización para la oportuna comprobación de oficio por parte del órgano gestor.
e) Llevar, en su caso, los libros y registros contables separados o códigos contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
f) Aceptación de la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de los quince días naturales siguientes a la publicación de la resolución de la subvención los beneficiarios no
manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
g) Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en
el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
h) R
ealizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (contratación de recursos prestados por personas y empresas, residentes y con domicilio
respectivamente en el citado territorio) como mínimo del 100% de la ayuda concedida.
i) Disponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el momento de solicitar el pago de la ayuda.
j) Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de solicitar el pago.
k) Comunicar al Órgano competente en materia de Promoción Cultural de la Junta de Extremadura la fecha del estreno comercial en su caso.
l) Presentar en el plazo de dieciocho meses desde la fecha de finalización del plazo de
justificación:
• Resolución de la calificación por grupo de edades.
• Certificado de nacionalidad española.
• Documentación acreditativa de la inscripción en el depósito legal del largometraje
realizado.
• Una copia en formato DCP en Versión Original, con la Posibilidad de activar los subtítulos en inglés. En el caso de que la versión original esté en inglés la posibilidad de
activar los subtítulos en castellano.
• Una copia en Blu-Ray del largometraje realizado.
Lunes, 12 de abril de 2021
18188
d) Acreditar estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en
el caso de haberse opuesto o haber denegado la autorización para la oportuna comprobación de oficio por parte del órgano gestor.
e) Llevar, en su caso, los libros y registros contables separados o códigos contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
f) Aceptación de la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de los quince días naturales siguientes a la publicación de la resolución de la subvención los beneficiarios no
manifiestan expresamente su renuncia, se entenderá que aceptan la misma, comprometiéndose a ejecutar el proyecto subvencionado en el plazo y condiciones establecidas.
g) Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir el resto de las obligaciones establecidas en
el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
h) R
ealizar una inversión en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (contratación de recursos prestados por personas y empresas, residentes y con domicilio
respectivamente en el citado territorio) como mínimo del 100% de la ayuda concedida.
i) Disponer de sucursal u oficina permanente en el territorio nacional español en el momento de solicitar el pago de la ayuda.
j) Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la subvención en el territorio
de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de solicitar el pago.
k) Comunicar al Órgano competente en materia de Promoción Cultural de la Junta de Extremadura la fecha del estreno comercial en su caso.
l) Presentar en el plazo de dieciocho meses desde la fecha de finalización del plazo de
justificación:
• Resolución de la calificación por grupo de edades.
• Certificado de nacionalidad española.
• Documentación acreditativa de la inscripción en el depósito legal del largometraje
realizado.
• Una copia en formato DCP en Versión Original, con la Posibilidad de activar los subtítulos en inglés. En el caso de que la versión original esté en inglés la posibilidad de
activar los subtítulos en castellano.
• Una copia en Blu-Ray del largometraje realizado.