Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales.- (2021060956)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021

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d) La cuenta de endeudamiento.
e) U
 na memoria justificativa del coste y rendimiento de los servicios.
f) El detalle de los gastos, con indicación de su destino.
g) Documento que integre los conceptos presupuestarios con los apuntes contables.
3. L
 a cuenta de ingresos y gastos se ajustará al siguiente calendario:
a) El tesorero elaborará la Cuenta de ingresos y gastos del COADE antes del 15 de marzo
de cada año.
b) La citada cuenta, previo informe favorable de la Junta de Gobierno, será sometida a la
Asamblea General.
Artículo 70. Auditorias.
De conformidad con lo establecido en los arts. 19. o) y 36.3. de la Ley de Colegios y Consejos
de Colegios Profesionales de Extremadura las cuentas y presupuestos de gastos e ingresos de
cada ejercicio deberán ser fiscalizadas por entidades o personas expertas en temas contables,
antes de ser sometidos a la consideración de la Asamblea General.
CAPÍTULO IV. DEL PATRIMONIO DEL COADE
Artículo 71. El patrimonio del COADE.
El COADE ostenta la titularidad del patrimonio del Colegio, que está integrado por el conjunto
de bienes, muebles e inmuebles, y los derechos y obligaciones de contenido económico que
son de su propiedad.
Los edificios del palacio de Camarena de Cáceres y de plaza de España 4 de Badajoz, no podrán enajenarse ni gravarse sin la aprobación de la asamblea general, con el voto favorable
de dos tercios de los asistentes, representados o con participación mediante conexión telemática, y que constituyan al menos el 50 % de los arquitectos colegiados.
Los bienes inmuebles restantes, y los bienes muebles cuyo valor supere el 10 % del patrimonio, necesitarán para enajenarse o gravarse, el voto favorable de los dos tercios de los
asistentes, representados o con participación mediante conexión telemática, a la asamblea
general.
Artículo 72. Administración.
1. E
 l patrimonio del COADE será administrado por la Junta de Gobierno.
2. L
 a Junta de Gobierno acordará sobre el depósito y custodia de los correspondientes bienes.