Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales.- (2021060956)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021
17566
j) Solicitar la mediación o arbitraje del COADE en los conflictos profesionales que le afecten
en su relación con otros colegiados.
k) Ver reconocidos sus trabajos como propios y protegidos sus derechos de propiedad intelectual.
l) Crear agrupaciones representativas de intereses profesionales en el seno del COADE,
dentro del marco de estos Estatutos, y con sometimiento en todo caso a los Órganos del
Gobierno del COADE.
m) Promover actuaciones de los Órganos de Gobierno por medio de iniciativas formuladas
en los términos establecidos en estos Estatutos.
n) P
romover mociones de censura a los titulares de los Órganos de Gobierno.
o) Formar parte de las agrupaciones existentes en el COADE sin más exigencia que el
cumplimiento de los requisitos establecidos en los Reglamentos que regulen el funcionamiento de las mismas.
p) Ser mantenido en pleno uso de sus derechos hasta tanto no se produzca su suspensión
o baja conforme a estos Estatutos.
2. L
os arquitectos procedentes de otros Colegios, con relación a sus actuaciones profesionales
en el ámbito territorial del COADE tendrán los mismos derechos que los colegiados a excepción de los que figuran en los párrafos b), l), m) y n) del apartado anterior.
Artículo 44. Deberes de los colegiados.
1. S
on deberes de todo arquitecto colegiado en el COADE.
a) Observar la deontología de la profesión
b) Realizar los trabajos profesionales que asuma con estricta sujeción a la normativa general y colegial que los regule.
c) Cumplir los presentes Estatutos, las normas que los desarrollen y los acuerdos y resoluciones dictados por los órganos colegiales y prestar el respeto debido a los titulares de
dichos órganos, sin perjuicio del derecho a formular quejas y recursos.
d) Comunicar al COADE los datos que le sean recabados y sean necesarios para el cumplimiento de las funciones colegiales tales como los cambios de domicilio o de despacho
profesional y los vínculos de cualquier clase que mantenga a título individual, o de las
sociedades de que forma parte el arquitecto.
Jueves, 8 de abril de 2021
17566
j) Solicitar la mediación o arbitraje del COADE en los conflictos profesionales que le afecten
en su relación con otros colegiados.
k) Ver reconocidos sus trabajos como propios y protegidos sus derechos de propiedad intelectual.
l) Crear agrupaciones representativas de intereses profesionales en el seno del COADE,
dentro del marco de estos Estatutos, y con sometimiento en todo caso a los Órganos del
Gobierno del COADE.
m) Promover actuaciones de los Órganos de Gobierno por medio de iniciativas formuladas
en los términos establecidos en estos Estatutos.
n) P
romover mociones de censura a los titulares de los Órganos de Gobierno.
o) Formar parte de las agrupaciones existentes en el COADE sin más exigencia que el
cumplimiento de los requisitos establecidos en los Reglamentos que regulen el funcionamiento de las mismas.
p) Ser mantenido en pleno uso de sus derechos hasta tanto no se produzca su suspensión
o baja conforme a estos Estatutos.
2. L
os arquitectos procedentes de otros Colegios, con relación a sus actuaciones profesionales
en el ámbito territorial del COADE tendrán los mismos derechos que los colegiados a excepción de los que figuran en los párrafos b), l), m) y n) del apartado anterior.
Artículo 44. Deberes de los colegiados.
1. S
on deberes de todo arquitecto colegiado en el COADE.
a) Observar la deontología de la profesión
b) Realizar los trabajos profesionales que asuma con estricta sujeción a la normativa general y colegial que los regule.
c) Cumplir los presentes Estatutos, las normas que los desarrollen y los acuerdos y resoluciones dictados por los órganos colegiales y prestar el respeto debido a los titulares de
dichos órganos, sin perjuicio del derecho a formular quejas y recursos.
d) Comunicar al COADE los datos que le sean recabados y sean necesarios para el cumplimiento de las funciones colegiales tales como los cambios de domicilio o de despacho
profesional y los vínculos de cualquier clase que mantenga a título individual, o de las
sociedades de que forma parte el arquitecto.