Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales.- (2021060956)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021

17545

La creación o eliminación de Unidades Administrativas requerirá la aprobación de la Asamblea General con el voto favorable de dos tercios de los asistentes que representen, al
menos, al veinticinco por ciento de los colegiados.
El emplazamiento de servicios, departamentos, u órganos colegiales en poblaciones distintas de las que alberguen Unidades Administrativas requerirá de la aprobación de la Asamblea General por igual proporción de votos y quórum al anterior.
CAPÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y CARGOS COLEGIALES DEL COADE.
Sección 1.º DE LA ASAMBLEA DEL COADE.
Artículo 10. La Asamblea General de los Colegiados.
1. L
 a asamblea de los colegiados es el órgano supremo de expresión de la voluntad del colegio
y se regirá por los principios democráticos de igualdad y participación.
2. L
 a participación podrá ser personal, por representación o a través de los medios telemáticos que correspondan.
3. L
 a participación mediante conexión telemática se ajustará a las exigencias técnicas que
garanticen la validez del voto, su control, y el anonimato, en los casos en que éste sea
exigido.
4. L
 as asambleas generales serán ordinarias o extraordinarias.
5. S
 e celebrará, al menos, una asamblea general ordinaria al año, en el mes de diciembre.
6. S
 e celebrará asamblea general extraordinaria cuando así lo considere necesario la junta de
gobierno o cuando lo soliciten con su firma el cinco por ciento de los colegiados.
Artículo 11. Competencias de la Asamblea General.
1. Son competencias de la Asamblea General.


a) Aprobar las Actas de las sesiones de Asambleas Generales.



b) Aprobar los Estatutos Particulares, los Reglamentos de Régimen Interior, así como
las demás normas colegiales y sus modificaciones, con la facultad de la Junta de
Gobierno para dictar las correspondientes normativas de desarrollo, sin perjuicio de
la calificación de legalidad de la Junta de Extremadura



c) Conocer y sancionar la Memoria Anual de Gestión.



d) Aprobar los presupuestos y regular, conforme a los presentes Estatutos, los recursos
económicos del Colegio.