Presidencia De La Junta. Salud Pública. Intervención Administrativa. (Suplemento DOE). (2021030026)
Decreto del Presidente 24/2021, de 8 de abril, por el que se modifica y se prorroga el Decreto del Presidente 12/2021, de 3 de marzo, por el que se establecen medidas de limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, de limitación de la permanencia en lugares de culto y de limitación de la libertad de circulación de las personas en la franja horaria nocturna excepcional en Extremadura, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
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SUPLEMENTO NÚMERO 65
Jueves 8 de abril de 2021

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haber sido aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema
Nacional de Salud.
En el citado informe se indica que si bien, desde un punto de vista cuantitativo, teniendo en
cuenta los distintos parámetros de evaluación de la transmisión de la Covid-19 y de ocupación hospitalaria recogidos en los bloques I y II del antedicho documento nuestra región se
encuentra en un nivel de alerta 1, desde un punto de vista cualitativo el nivel de alerta sería
el 2, con tendencia al empeoramiento, por un riesgo de transmisión elevado al alza según la
tendencia observada en la transmisión o la velocidad de cambio, que se encuentra en una
razón de tasas a 7 y 15 días por encima de 0,50. De esta forma se añade en el citado informe
que la incidencia acumulada a 14 días se sitúa de nuevo por encima de los 120 casos por cien
mil habitantes, lo que supone un nivel de riesgo medio.
Se observa, asimismo, un aumento de la citada incidencia acumulada en toda la Comunidad
Autónoma y en la mayor parte de las áreas de salud, con una previsión de que dichas tasas
de incidencia tiendan al alza en los próximos días.
Los indicadores del nivel de riesgo del bloque I han empeorado con respecto a semanas anteriores, es decir, ha aumentado el riesgo de presencia de casos, manteniendo la tendencia
al aumento para los próximos días. También el riesgo de rebrote se mantiene elevado en los
últimos días.
Por todo ello se acaba recomendando en el referido informe que se extremen las medidas de
control de la transmisión y se extiendan las medidas actualmente vigentes a expensas de la
evolución de la situación epidemiológica una vez transcurrida la Semana Santa, y máxime en
un período en el que es necesario mantener en niveles bajos la transmisión de la Covid-19
para facilitar el proceso de administración de vacunas, en particular, en la población mayor de
sesenta años, a expensas de la evolución de la tendencia en la transmisión de la Covid-19 en
los próximos días y semanas. No obstante, en el citado informe se propone el mantenimiento
de restricción de las reuniones a cuatro en los espacios cerrados que se ha venido estableciendo durante la Semana Santa, salvo los supuestos que tengan una regulación o aforos
específicos, por el mayor riesgo potencial de transmisión de la Covid-19 dada la naturaleza de
estos espacios, así como la recomendación de no reunirse en los espacios privados salvo que
se trate de convivientes.
Estas medidas se recomiendan a expensas de la evolución de la situación epidemiológica una
vez transcurrida la Semana Santa y máxime en un período en el que es necesario conservar
en niveles bajos la transmisión de la Covid-19 para facilitar el proceso de administración de
vacunas, en particular, en la población mayor de sesenta años.