Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento.- (2021AC0015)
Acuerdo de 28 de enero de 2021 de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura consistente en la aprobación del Plan General Municipal de San Vicente de Alcántara.
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NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021

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cia en terceras personas, o en el entorno ambiental, es preciso estudio abreviado de impacto
ambiental y calificación urbanística establecida por la consejería competente en materia de
ordenación del territorio y urbanismo.
La parcela mínima para cada uso será la establecida por el PGM en cada categoría de suelo
no urbanizable.
SUBCAPÍTULO 3.2.4. CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LA EDIFICACIÓN VINCULADA A
CADA TIPO DE USO
Artículo 3.2.4.1. Edificaciones permitidas.
1. E
 n el suelo no urbanizable, sin necesidad de justificación de su ubicación en snu., sin perjuicio de las limitaciones que se deriven de su uso, ubicación en las distintas categorías de
suelo y de la necesidad de obtener licencia de obra o calificación urbanística, se admite la
edificación vinculada a:
a) La explotación de los recursos agrícolas, ganaderos y biológicos.
b) La explotación de los recursos mineros.
c) La ejecución y mantenimiento de los servicios urbanos e infraestructurales o al servicio
de las carreteras.
2. P
 revia justificación de que no se induce la formación de nuevo núcleo de población y de la
necesidad de ser realizada en suelo no urbanizable y siguiendo el procedimiento previsto
en la legislación urbanística vigente, podrán admitirse las edificaciones e instalaciones para
usos destinados a:
a) Equipamientos colectivos, precisan además justificar la necesidad o conveniencia de su
ubicación en suelo no urbanizable
b) Actividad industrial y terciaria. Precisan igualmente justificar la concurrencia de circunstancias que impidan o desaconsejen llevarlas a cabo en las áreas del territorio expresamente calificadas para acoger dichos usos.
c) La vivienda familiar aislada.
En estos supuestos, las edificaciones se vincularán a una parcela con las dimensiones mínimas que se establecen en el presente capítulo, cuando se indica que la parcela mínima será la
mínima agraria, se refiere a la de la zona en la que se pretende situar la construcción.