Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento.- (2021AC0015)
Acuerdo de 28 de enero de 2021 de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura consistente en la aprobación del Plan General Municipal de San Vicente de Alcántara.
224 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 65
Jueves, 8 de abril de 2021

17619

disperso existentes en mayor o menor medida en el término municipal. Estos aspectos quedan regulados pormenorizadamente en estas Normas urbanísticas.
En los suelos clasificados como SNU se distinguen las categorías:
a) Suelo no urbanizable de protección Ambiental (SNU-PA).
Las áreas objeto de Protección Ambiental (SNU-PA) están constituidas por aquellos
suelos de dominios públicos natural y los terrenos colindantes sujetos al régimen de
policía demanial previsto en la legislación sectorial reguladora, se dan las siguientes
subcategorías:
SNU- PAE Suelos de Protección Ambiental a embalses y charcas.
SNU- PAA Suelos de Protección Ambiental a los arroyos.
b) Suelo no urbanizable de protección Cultural (SNU-PC).
Las áreas objeto de Protección Cultural (SNU-PC) están constituidas por aquellos suelos
en los se sitúan edificios o elementos Históricos, con valor cultural y los suelos en los
que se han descubierto restos arqueológicos, así como los suelos en los que en el futuro se pudieran localizar nuevos hallazgos de restos arqueológicos. Se establecen las
subcategorías:
SNU-PCR Protección Arqueológica.
SNU-PCH Protección edificios y elementos Históricos.
c) Suelo no urbanizable de protección Natural (SNU-PN).
Las áreas objeto de Protección Estructural (SNU-PN) están constituidas por aquellos
suelos incluidos en parques y reservas naturales o figuras administrativas análogas previstas en la legislación de conservación de la naturaleza. Se dan los siguientes espacios:
SNU-PN ZEC “Rio Gévora Alto”.
SNU-PN ZEPA/ZEC/ZIR “Sierra de San Pedro”.
SNU-PN ZEPA “Nacimiento del Río Gévora”.
SNU-PN Zonas de interés para Aves Esteparias.
SNU-PN Hábitats incluidos en la Directiva 92/43 CEE.
d) Suelo no urbanizable de protección Estructural (SNU-PE).
Las áreas objeto de Protección Estructural (SNU-PE) están constituidas por aquellos
suelos que, en atención a sus valores productivos merecen una protección de los mis-