Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura. Pruebas Selectivas.- (2021060826)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Presidencia, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de un Doctor para la realización de tareas de investigación en materia de calidad del corcho.
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NÚMERO 59
Lunes, 29 de marzo de 2021
16162
6. C
orresponderá al Tribunal de Selección resolver todas las dudas que pudieran surgir en la
aplicación de estas bases, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las
mismas adoptando motivadamente las decisiones que, en cada caso, correspondan según
su criterio.
7. L
os miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo
a la Presidencia del CICYTEX, cuando en ellos se den cualquiera de las circunstancias prevista en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria, siempre que las mismas correspondan al
mismo Grupo y Categoría/Especialidad.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el párrafo anterior, en cualquier
momento de la tramitación del procedimiento.
8. A
efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal de Selección tendrá su sede en
el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), Instituto de Investigaciones Agrarias “Finca La Orden-Valdesequera”, Autovía A-5 km. 372, 06187
Guadajira (Badajoz).
9. A
l Tribunal de Selección le será de aplicación el régimen previsto en el Título Preliminar,
Capitulo II, Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para los órganos colegiados.
10. E
l tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrán la categoría primera, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 23 del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
11. L
a documentación del correspondiente proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que CICYTEX ponga a disposición del Tribunal de Selección
para la idónea conservación y custodia de dicha documentación durante todo el proceso
selectivo.
Séptima. Desarrollo del proceso de selección.
1. L
os aspirantes serán convocados para cada fase en llamamiento único, siendo excluidos
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que
serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección. No obstante, en caso de que
el número de participantes así lo haga aconsejable, el Tribunal podrá dividir en dos o más
grupos a los aspirantes a fin de que comparezcan en días y/o horas diferentes para realizar
las pruebas.
Lunes, 29 de marzo de 2021
16162
6. C
orresponderá al Tribunal de Selección resolver todas las dudas que pudieran surgir en la
aplicación de estas bases, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las
mismas adoptando motivadamente las decisiones que, en cada caso, correspondan según
su criterio.
7. L
os miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo
a la Presidencia del CICYTEX, cuando en ellos se den cualquiera de las circunstancias prevista en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria, siempre que las mismas correspondan al
mismo Grupo y Categoría/Especialidad.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el párrafo anterior, en cualquier
momento de la tramitación del procedimiento.
8. A
efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal de Selección tendrá su sede en
el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), Instituto de Investigaciones Agrarias “Finca La Orden-Valdesequera”, Autovía A-5 km. 372, 06187
Guadajira (Badajoz).
9. A
l Tribunal de Selección le será de aplicación el régimen previsto en el Título Preliminar,
Capitulo II, Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para los órganos colegiados.
10. E
l tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrán la categoría primera, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 23 del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
11. L
a documentación del correspondiente proceso selectivo se depositará, con carácter general, en las dependencias que CICYTEX ponga a disposición del Tribunal de Selección
para la idónea conservación y custodia de dicha documentación durante todo el proceso
selectivo.
Séptima. Desarrollo del proceso de selección.
1. L
os aspirantes serán convocados para cada fase en llamamiento único, siendo excluidos
quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados que
serán apreciados y ponderados por el Tribunal de Selección. No obstante, en caso de que
el número de participantes así lo haga aconsejable, el Tribunal podrá dividir en dos o más
grupos a los aspirantes a fin de que comparezcan en días y/o horas diferentes para realizar
las pruebas.