Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Centro De Investigaciones Científicas Y Tecnológicas De Extremadura. Pruebas Selectivas.- (2021060826)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Presidencia, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de un Doctor para la realización de tareas de investigación en materia de calidad del corcho.
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NÚMERO 59
Lunes, 29 de marzo de 2021

16163

En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se
determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera fase del proceso selectivo.
Una vez iniciada la valoración de méritos, los sucesivos anuncios de celebración de las
restantes fases deberán hacerse públicas por el órgano de selección, a través de la Dirección del CICYTEX, en la página web de CICYTEX, con 72 horas al menos, de antelación al
comienzo de las mismas.
2. N
 o obstante lo anterior, y al amparo de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de hospitalización, con motivo de embarazo y/o parto de
las aspirantes, con el día de celebración de alguna prueba en la que tenga que participar.
Para ello, las aspirantes deberán presentar, si fuera posible dentro del plazo de los cinco
días hábiles posteriores a la realización de la prueba, un escrito dirigido al presidente del
Tribunal de Selección comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe
médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de realización de la
prueba.
3. E
 n cualquier momento del desarrollo del proceso, el Tribunal de Selección podrá requerir a
los aspirantes para que acrediten su personalidad.
4. S
 i durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal de
Selección o del órgano convocante, que alguno de los aspirantes carece de los requisitos
necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de
las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado.
El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado.
5. D
 e acuerdo con lo regulado en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y
hombres y contra la violencia de género en Extremadura, si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente
acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación
de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que
se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada
a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal de Selección y, en todo
caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.