Disposiciones Generales. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agrupación De Defensa Sanitaria.- (2021050036)
Orden de 23 de marzo de 2021 por la que se modifica la Orden de 27 de marzo de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 58
Viernes, 26 de marzo de 2021
16007
solicitud, sometida al programa piloto de lucha contra la pérdida de abejas, y con declaración censal obligatoria efectuada dentro del plazo establecido para ello en el artículo
4.3 del mismo real decreto.
Cuantía unitaria: 200€, con un número mínimo de 20 tomas de muestras y un máximo de 40.
h) Cumplimiento de programas sanitarios de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas aviares.
h.1) Actividad: actuaciones realizadas para el cumplimiento de programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas aviares.
Concepto subvencionable: por explotación, según se define en el artículo 2.a) del Real
Decreto 479/2004, perteneciente a la ADS en el momento de finalización del plazo de
la solicitud, sometida a programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas aviares, y con declaración censal obligatoria efectuada dentro del plazo establecido
para ello en el artículo 4.3 del mismo real decreto.
Cuantía unitaria: 100 €.
i) Cumplimiento de programas sanitarios de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas: ciervo/muflón/jabalí.
i.1) Actividad: actuaciones realizadas para el cumplimiento de programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas en ciervo, muflón y jabalí.
Concepto subvencionable: por explotación, según se define en el artículo 2.a) del Real
Decreto 479/2004, perteneciente a la ADS en el momento de finalización del plazo de la
solicitud, sometida al programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas
ciervo/muflón/jabalí, y con declaración censal obligatoria efectuada dentro del plazo
establecido para ello en el artículo 4.3 del mismo real decreto.
Cuantía unitaria: 150 €.
j) Cumplimiento de otros programas sanitarios de lucha contra enfermedades de especies
cunícolas.
j.1) A
ctividad: actuaciones realizadas para el cumplimiento de programa de calificación
sanitaria frente a mixomatosis y enfermedad hemorrágica vírica.
Concepto subvencionable: por explotación, según se define en el artículo 2.a) del Real
Decreto 479/2004, perteneciente a la ADS en el momento de finalización del plazo de
Viernes, 26 de marzo de 2021
16007
solicitud, sometida al programa piloto de lucha contra la pérdida de abejas, y con declaración censal obligatoria efectuada dentro del plazo establecido para ello en el artículo
4.3 del mismo real decreto.
Cuantía unitaria: 200€, con un número mínimo de 20 tomas de muestras y un máximo de 40.
h) Cumplimiento de programas sanitarios de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas aviares.
h.1) Actividad: actuaciones realizadas para el cumplimiento de programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas aviares.
Concepto subvencionable: por explotación, según se define en el artículo 2.a) del Real
Decreto 479/2004, perteneciente a la ADS en el momento de finalización del plazo de
la solicitud, sometida a programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas aviares, y con declaración censal obligatoria efectuada dentro del plazo establecido
para ello en el artículo 4.3 del mismo real decreto.
Cuantía unitaria: 100 €.
i) Cumplimiento de programas sanitarios de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas: ciervo/muflón/jabalí.
i.1) Actividad: actuaciones realizadas para el cumplimiento de programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas en ciervo, muflón y jabalí.
Concepto subvencionable: por explotación, según se define en el artículo 2.a) del Real
Decreto 479/2004, perteneciente a la ADS en el momento de finalización del plazo de la
solicitud, sometida al programa de lucha contra enfermedades de especies cinegéticas
ciervo/muflón/jabalí, y con declaración censal obligatoria efectuada dentro del plazo
establecido para ello en el artículo 4.3 del mismo real decreto.
Cuantía unitaria: 150 €.
j) Cumplimiento de otros programas sanitarios de lucha contra enfermedades de especies
cunícolas.
j.1) A
ctividad: actuaciones realizadas para el cumplimiento de programa de calificación
sanitaria frente a mixomatosis y enfermedad hemorrágica vírica.
Concepto subvencionable: por explotación, según se define en el artículo 2.a) del Real
Decreto 479/2004, perteneciente a la ADS en el momento de finalización del plazo de