Disposiciones Generales. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Productores Agrarios.- (2021040017)
Decreto 17/2021, de 24 de marzo, por el que se regula el suministro directo por titulares de explotaciones agrarias de pequeñas cantidades de productos primarios.
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NÚMERO 58
Viernes, 26 de marzo de 2021
15985
y del Consejo de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requisitos generales
de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan
procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
Para ello, se exigen la llevanza de un sistema de autocontrol escrito de trazabilidad y las
obligaciones de realizar una comunicación previa al inicio del ejercicio de la actividad de suministro directo, así como de comunicar las variaciones de datos y de cese de la misma, que
quedarán registradas con publicidad en registro administrativo configurado a través de la
base de datos denominada Red de Información de Suministro Directo de Pequeñas Cantidades
de Productos Primarios en Extremadura (RISDEX).
La norma opta por identificar el ámbito local con el correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma.
Se ha preferido no definir los términos “suministro directo”, porque constituyen elementos
normativos del Reglamento (CE) núm. 852/2004 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 29
de abril de 2004, que solo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea está legitimado a interpretar. No obstante será reconocible fundamentalmente en la modalidad de venta, que será
la forma más frecuente de suministro directo. De igual modo al ser directo impide cualquier
modalidad de suministro que no se realice por la productora o productor, en particular, a través de una persona o entidad intermediaria.
La presente norma es necesaria en virtud de reglamento comunitario especificado. Es también
eficaz, en cuanto adecúa los requisitos exigibles a los menores riesgos para la salud alimentaria. Se ha diseñado un sistema de trazabilidad proporcionado en unión de comunicaciones de
sencilla confección, con datos pregrabados que permitirán controlar la inscripción de las explotaciones en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, en el Registro de Explotaciones Ganaderas y en el Registro General de la Producción Agrícola y facilitar su confección
a productores y productoras. El sistema informativo se nutre de oficio de los datos de dichas
comunicaciones, permitirá expedir automatizadamente credenciales de inscripción a personas
y entidades interesadas y actualizar los datos y servir de sistema de información pública, con
las menores cargas burocráticas. Por otra parte, el decreto tiene un ámbito de regulación
claro, preciso y adecuado a la materia de seguridad alimentaria en la producción primaria.
El proyecto de decreto ha seguido y responde a los requerimientos de igualdad de género
regulados con carácter fundamental por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad
efectiva de mujeres y hombres y la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres
y hombres y contra la violencia de género de Extremadura, para hacer efectivo el derecho de
igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en Extremadura y avanzar hacia
una sociedad extremeña más libre y justa. Por exigencias del lenguaje inclusivo los términos
Viernes, 26 de marzo de 2021
15985
y del Consejo de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requisitos generales
de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan
procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
Para ello, se exigen la llevanza de un sistema de autocontrol escrito de trazabilidad y las
obligaciones de realizar una comunicación previa al inicio del ejercicio de la actividad de suministro directo, así como de comunicar las variaciones de datos y de cese de la misma, que
quedarán registradas con publicidad en registro administrativo configurado a través de la
base de datos denominada Red de Información de Suministro Directo de Pequeñas Cantidades
de Productos Primarios en Extremadura (RISDEX).
La norma opta por identificar el ámbito local con el correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma.
Se ha preferido no definir los términos “suministro directo”, porque constituyen elementos
normativos del Reglamento (CE) núm. 852/2004 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 29
de abril de 2004, que solo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea está legitimado a interpretar. No obstante será reconocible fundamentalmente en la modalidad de venta, que será
la forma más frecuente de suministro directo. De igual modo al ser directo impide cualquier
modalidad de suministro que no se realice por la productora o productor, en particular, a través de una persona o entidad intermediaria.
La presente norma es necesaria en virtud de reglamento comunitario especificado. Es también
eficaz, en cuanto adecúa los requisitos exigibles a los menores riesgos para la salud alimentaria. Se ha diseñado un sistema de trazabilidad proporcionado en unión de comunicaciones de
sencilla confección, con datos pregrabados que permitirán controlar la inscripción de las explotaciones en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, en el Registro de Explotaciones Ganaderas y en el Registro General de la Producción Agrícola y facilitar su confección
a productores y productoras. El sistema informativo se nutre de oficio de los datos de dichas
comunicaciones, permitirá expedir automatizadamente credenciales de inscripción a personas
y entidades interesadas y actualizar los datos y servir de sistema de información pública, con
las menores cargas burocráticas. Por otra parte, el decreto tiene un ámbito de regulación
claro, preciso y adecuado a la materia de seguridad alimentaria en la producción primaria.
El proyecto de decreto ha seguido y responde a los requerimientos de igualdad de género
regulados con carácter fundamental por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, de igualdad
efectiva de mujeres y hombres y la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres
y hombres y contra la violencia de género de Extremadura, para hacer efectivo el derecho de
igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en Extremadura y avanzar hacia
una sociedad extremeña más libre y justa. Por exigencias del lenguaje inclusivo los términos