Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060797)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de incineradora de subproductos animales, cuyo titular es M.ª Remedios Miranda Montaño, en el término municipal de Los Santos de Maimona.
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NÚMERO 57
15873
Jueves, 25 de marzo de 2021
11. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas cubiertas y de
solera impermeable, que conducirá posibles derrames a arqueta de recogida estanca; su
diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
12. La gestión de los aceites usados se realizará conforme al Real Decreto 679/2006, de 2 de
junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. En su almacenamiento se cumplirá lo establecido en el artículo 5 de dicho Real Decreto.
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
1. La instalación industrial consta de un único foco de emisión de emisión de contaminantes
a la atmósfera, que se detalla en la siguiente tabla:
Foco de emisión
Denominación
Clasificación R.D.100/2011, de 28
de enero
Grupo
Código
S
Combustible
o producto
NS
C
D
asociado
Proceso
asociado
Incineración de
sandach, plantas
de capacidad ≤
Gasoil
50 kg/h
Dos quemadores
de gasoil: uno en
C
09 09
02 02
x
x
la cámara de cre-
SANDACH
Operación
(recogidos
de incine-
en apartado
ración.
a.1.)
mación y otro en
la cámara de post
combustión.
2. Las emisiones canalizadas del foco 1 se corresponden con los gases de combustión de
gasóleo C procedentes del horno de incineración, que incluye el quemador de la cámara
de cremación y el quemador de la cámara de post-combustión. Estas emisiones también
incluyen los gases resultantes de la incineración de SANDACH.
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Jueves, 25 de marzo de 2021
11. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad. Deberán ser áreas cubiertas y de
solera impermeable, que conducirá posibles derrames a arqueta de recogida estanca; su
diseño y construcción deberá cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
12. La gestión de los aceites usados se realizará conforme al Real Decreto 679/2006, de 2 de
junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. En su almacenamiento se cumplirá lo establecido en el artículo 5 de dicho Real Decreto.
- c - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica.
1. La instalación industrial consta de un único foco de emisión de emisión de contaminantes
a la atmósfera, que se detalla en la siguiente tabla:
Foco de emisión
Denominación
Clasificación R.D.100/2011, de 28
de enero
Grupo
Código
S
Combustible
o producto
NS
C
D
asociado
Proceso
asociado
Incineración de
sandach, plantas
de capacidad ≤
Gasoil
50 kg/h
Dos quemadores
de gasoil: uno en
C
09 09
02 02
x
x
la cámara de cre-
SANDACH
Operación
(recogidos
de incine-
en apartado
ración.
a.1.)
mación y otro en
la cámara de post
combustión.
2. Las emisiones canalizadas del foco 1 se corresponden con los gases de combustión de
gasóleo C procedentes del horno de incineración, que incluye el quemador de la cámara
de cremación y el quemador de la cámara de post-combustión. Estas emisiones también
incluyen los gases resultantes de la incineración de SANDACH.