Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060815)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto instalación solar fotovoltaica "Talayuela II" de 49 MW, en el término municipal de Talayuela. Expte.: IA 20/0160.
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NÚMERO 57
Jueves, 25 de marzo de 2021

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• Toda actuación que se realice en Dominio Público Hidráulico deberá contar con la preceptiva autorización de este organismo.
• En ningún caso se autorizarán dentro del Dominio Público Hidráulico la construcción,
montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con
carácter provisional o temporal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico.
• Se han de respetar las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos, según
establece el artículo 6 del Real Decreto Legislativo 1/2001.
• Hay que considerar que toda actuación que realice en la zona de policía de cualquier cauce público, definida por 100 m de anchura, medidas horizontalmente y a partir del cauce,
deberá contar con la preceptiva autorización de esta Confederación, según establece la
vigente legislación de aguas, y en particular las actividades mencionadas en el artículo 9
del Reglamente del Dominio Público Hidráulico.
— El Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura de la Dirección General de Política Forestal, emite
informe con fecha de 30 de abril de 2020, donde se informa sobre los posibles efectos en
las comunidades piscícolas y sobre el medio fluvial:
• En el ámbito del proyecto no se encuentra ningún coto de pesca.
• Dada la existencia de cauces temporales en el ámbito de las parcelas donde se implantarán las instalaciones, se excluirá el Dominio Público Hidráulico del uso propuesto. Con
el fin de evitar posibles afecciones a la ictiofauna generados por el paso o cruce de viales
sobre cursos de agua temporales o permanentes, se cumplirán las medidas en infraestructuras de paso o cruce de viales sobre cursos de agua, que establece la Sección de
Pesca, Acuicultura y Coordinación.
• Tanto en la fase de implantación como en la de funcionamiento de la actividad se debe
evitar el empleo de herbicidas para el control de la vegetación, dada su toxicidad para el
medio acuático.
— El Ayuntamiento de Talayuela emite informe con fecha de 15 de mayo de 2020, en el que
informa, que no existe objeción alguna, en la ubicación de dicha instalación en el terreno
pretendido. Así como, emite certificado de publicación de anuncio en la sede electrónica
del mismo y certificado de exposición y no presentación de alegaciones con fecha 12 de
junio de 2020.
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas emite informe favorable
con fecha de 20 de mayo de 2020, en el que se pone de manifiesto que la planta solicitada
está aledaña y la línea eléctrica de evacuación pasa por el lugar de Red Natura 2000: