Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (Suplemento DOE). (2021060803)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en Categorías de Médico/a de Urgencia Hospitalaria y Médico/a de Admisión y Documentación Clínica en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15502
4.2. L
os errores materiales, de hecho o aritméticos podrán rectificarse en cualquier momento
de oficio o a instancia de los interesados, de conformidad con el artículo 109.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En todo caso, la resolución a la que se refiere el apartado anterior establecerá un plazo de
diez días hábiles para que los concursantes excluidos provisionalmente puedan subsanar
los defectos que motivaron su exclusión respecto de la documentación preceptiva que
debe acompañarse a la solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando
su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.
4.3.
Transcurrido el plazo de subsanación, la Dirección General de Recursos Humanos
y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud publicará, en la misma página
web de exposición de la relación provisional, la relación definitiva de los concursantes
admitidos y excluidos. Asimismo, en la misma resolución se anunciará el plazo en el
que se pone a disposición de los aspirantes que figuran en dicho listado definitivo de
admitidos, los certificados relativos a la acreditación de los servicios prestados en centros
o instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
4.4. Si durante el transcurso del proceso de provisión convocado, la Comisión de Valoración
o el órgano convocante tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de
los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien se hubiera producido
variaciones en las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al
interesado. La Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, de forma
motivada, podrá en su caso, declararlo excluido del concurso de traslado.
Quinta. Baremo de méritos y acreditación.
5.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas se realizará de acuerdo
con el siguiente baremo:
1. Antigüedad.
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza en propiedad perteneciente a la
categoría a la que se concursa, en centros e instituciones sanitarios del Sistema Nacional de
Salud o de los países miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos.
Se tendrá en cuenta el tiempo trabajado desde que se obtiene la plaza en propiedad de
la categoría a la que concursa, incluyéndose las situaciones de servicio activo, incluido el
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15502
4.2. L
os errores materiales, de hecho o aritméticos podrán rectificarse en cualquier momento
de oficio o a instancia de los interesados, de conformidad con el artículo 109.2 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En todo caso, la resolución a la que se refiere el apartado anterior establecerá un plazo de
diez días hábiles para que los concursantes excluidos provisionalmente puedan subsanar
los defectos que motivaron su exclusión respecto de la documentación preceptiva que
debe acompañarse a la solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando
su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.
4.3.
Transcurrido el plazo de subsanación, la Dirección General de Recursos Humanos
y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud publicará, en la misma página
web de exposición de la relación provisional, la relación definitiva de los concursantes
admitidos y excluidos. Asimismo, en la misma resolución se anunciará el plazo en el
que se pone a disposición de los aspirantes que figuran en dicho listado definitivo de
admitidos, los certificados relativos a la acreditación de los servicios prestados en centros
o instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
4.4. Si durante el transcurso del proceso de provisión convocado, la Comisión de Valoración
o el órgano convocante tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de
los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien se hubiera producido
variaciones en las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de
comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al
interesado. La Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, de forma
motivada, podrá en su caso, declararlo excluido del concurso de traslado.
Quinta. Baremo de méritos y acreditación.
5.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas se realizará de acuerdo
con el siguiente baremo:
1. Antigüedad.
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza en propiedad perteneciente a la
categoría a la que se concursa, en centros e instituciones sanitarios del Sistema Nacional de
Salud o de los países miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos.
Se tendrá en cuenta el tiempo trabajado desde que se obtiene la plaza en propiedad de
la categoría a la que concursa, incluyéndose las situaciones de servicio activo, incluido el