Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (Suplemento DOE). (2021060784)
Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 27 hectáreas de olivar", cuya promotora es Dª. Ana María Rodríguez Romero, en el término municipal de Azuaga (Badajoz). Expte.: IA18/2040.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15650
que parte de la actuación ya ha sido ejecutada. En concreto, la plantación de olivos ya
ha sido ejecutada en 27 hectáreas que se corresponden aproximadamente con la mitad
oriental de la parcela de actuación. Teniendo en cuenta los valores existentes en la zona
de actuación, donde existe presencia constatada de zonas de reproducción especies
esteparias protegidas, informa que no es probable que la actividad tenga repercusiones
significativas sobre los valores ambientales de la zona, siempre que se excluya del
proyecto como zona de reserva para las aves esteparias el resto de la superficie de
actuación propuesta por el promotor y que aún no ha sido transformada (26 hectáreas),
y siempre y cuando se adopten las medidas correctoras del presente informe.
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la Subsección 1ª de la Sección 2ª del Capítulo VII del Título I, según
los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste en la plantación y puesta en riego de un olivar en marco de plantación
de 7x5 metros en una superficie con uso agrícola. El sistema de riego diseñado se trata de un
sistema de riego por goteo, abastecido mediante aguas subterráneas.
La finca donde se ubica la zona de actuación cuenta con una superficie total de 196
hectáreas, de las cuales tan sólo se pretende transformar a olivar en regadío las 53 hectáreas
correspondientes a la parcela 37 del polígono 34, dedicándose el resto de la superficie a
cultivos agrícolas anuales en régimen de secano.
En la fase de explotación del proyecto se prevé consumir un total de 85.860 m3/anuales de
agua para riego, estableciéndose la época de riego entre los meses de marzo a septiembre,
ambos inclusive. El agua proviene de tres pozos de sondeo existentes en la misma parcela
de actuación.
En cuanto a la generación de residuos, durante la fase de ejecución de las obras se generarán los
residuos esperables en cualquier obra de construcción de este tipo (residuos de la construcción
y demolición, embalajes, aceites de maquinaria, etc.). En la fase de funcionamiento, se
generarán restos vegetales procedentes de las podas de los olivos, residuos consistentes
en los envases de productos agroquímicos (principalmente fertilizantes y fitosanitarios) y
residuos plásticos procedentes del mantenimiento de la red de riego (tuberías, gomas, etc.).
Miércoles, 24 de marzo de 2021
15650
que parte de la actuación ya ha sido ejecutada. En concreto, la plantación de olivos ya
ha sido ejecutada en 27 hectáreas que se corresponden aproximadamente con la mitad
oriental de la parcela de actuación. Teniendo en cuenta los valores existentes en la zona
de actuación, donde existe presencia constatada de zonas de reproducción especies
esteparias protegidas, informa que no es probable que la actividad tenga repercusiones
significativas sobre los valores ambientales de la zona, siempre que se excluya del
proyecto como zona de reserva para las aves esteparias el resto de la superficie de
actuación propuesta por el promotor y que aún no ha sido transformada (26 hectáreas),
y siempre y cuando se adopten las medidas correctoras del presente informe.
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la Subsección 1ª de la Sección 2ª del Capítulo VII del Título I, según
los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste en la plantación y puesta en riego de un olivar en marco de plantación
de 7x5 metros en una superficie con uso agrícola. El sistema de riego diseñado se trata de un
sistema de riego por goteo, abastecido mediante aguas subterráneas.
La finca donde se ubica la zona de actuación cuenta con una superficie total de 196
hectáreas, de las cuales tan sólo se pretende transformar a olivar en regadío las 53 hectáreas
correspondientes a la parcela 37 del polígono 34, dedicándose el resto de la superficie a
cultivos agrícolas anuales en régimen de secano.
En la fase de explotación del proyecto se prevé consumir un total de 85.860 m3/anuales de
agua para riego, estableciéndose la época de riego entre los meses de marzo a septiembre,
ambos inclusive. El agua proviene de tres pozos de sondeo existentes en la misma parcela
de actuación.
En cuanto a la generación de residuos, durante la fase de ejecución de las obras se generarán los
residuos esperables en cualquier obra de construcción de este tipo (residuos de la construcción
y demolición, embalajes, aceites de maquinaria, etc.). En la fase de funcionamiento, se
generarán restos vegetales procedentes de las podas de los olivos, residuos consistentes
en los envases de productos agroquímicos (principalmente fertilizantes y fitosanitarios) y
residuos plásticos procedentes del mantenimiento de la red de riego (tuberías, gomas, etc.).