Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (Suplemento DOE). (2021060794)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del "Convenio Colectivo de la empresa G.D. Energy Services, SAU, y sus trabajadores/as del centro de trabajo de la Central Nuclear de Almaraz (Cáceres) adscritos al servicio de limpieza y descontaminación de edificios industriales".
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021

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3. Asimismo, la Empresa está obligada a que los trabajadores/as a su servicio participen en el
diseño de programas formativos y todos reciban, a través de los cursos correspondientes,
la formación teórica y práctica suficiente y adecuada, en materia preventiva, relacionada
con su puesto y centro de trabajo, así como cuando se produzcan cambio en las funciones
que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
La formación a que se refiere el párrafo anterior deberá impartirse, siempre que sea
posible dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas, pero con el
descuento en aquella del tiempo invertido en la misma.
4. Igualmente, el empresario adoptará todas las medidas adecuadas para que los trabajadores/
as reciban todas las informaciones necesarias en relación con los riesgos para la seguridad
y salud de los trabajadores/as, las medidas y actividades de protección y prevención
aplicable a los riesgos señalados anteriormente y las medidas de emergencia adoptadas.


— Daños derivados del trabajo. Las partes firmantes de este Convenio, al objeto de
adoptar una definición de carácter preventivo, consideran el concepto de “daño
derivado del trabajo” como las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con
motivo u ocasión del trabajo.


— Planificacion de las actividades preventivas. El Plan de Prevención lo constituye
un documento escrito que describe la planificación y gestión de la prevención de
riesgos laborales en la Empresa y tiene por finalidad la de mejorar las condiciones
de trabajo. El Plan de Prevención tendrá vigencia de un año.


 — Contenidos del plan de prevención. El Plan de Prevención recogerá entre otros los
siguientes apartados: diagnóstico de la situación, definición de objetivos generales,
asignación de medios materiales y humanos, asignación de tareas, definición de
programas de actuación en Seguridad, Higiene, Medicina del Trabajo y Ergonomía y
Psicosociología, programas de seguimiento y evaluación final del Plan.
Para el diagnóstico de la situación se realizará una evaluación de las condiciones de
trabajo en las que se incluirá la evaluación inicial de riesgos, según lo preceptuado
en el Art. 16.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (L.P.R.L.)
 
La evaluación de las condiciones de trabajo se realizará, entre otros aspectos,
mediante el estudio de siniestralidad laboral y de las enfermedades profesionales en
los últimos tres años.
 Para la realización de la evaluación inicial de los riesgos laborales se acuerda utilizar
una metodología que incluya todos los grupos de disciplinas preventivas.