Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (Suplemento DOE). (2021080298)
Anuncio de 4 de marzo de 2021 por la que se hace pública la Memoria Ambiental del Plan General Municipal de Fuente del Maestre, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 56
Miércoles, 24 de marzo de 2021



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• Dar cumplimiento a las limitaciones a los usos, en los sectores y zonas afectadas
por la ZFP y zona inundable, indicadas en el informe sectorial.



• Obtener la correspondiente concesión de aguas públicas para abastecimiento
poblacional que se encuentra en trámite. No podrán acometerse nuevos
desarrollos urbanísticos en este municipio, en tanto en cuanto no se disponga
de la misma.



• Solicitar la revisión de la autorización de vertido que ampare, el volumen que
resulta del desarrollo de los nuevos sectores planificados.



— Deberán presentarse las fichas urbanísticas adaptadas para cada categoría de suelo
tras las modificaciones planteadas en las determinaciones presentes en esta memoria
ambiental.



— Las viviendas y edificaciones aisladas deberán quedar supeditadas al cumplimiento
estricto de las medidas de autoprotección o memorias técnicas si tuviesen suficiente
entidad, conforme al informe del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios.
Por otro lado, el municipio de Fuente del Maestre cuenta con Plan Periurbano de
Prevención de Incendios Forestales y resolución por renovación de 4 de marzo de
2015, habiendo pasado los 4 años de su vigencia debe solicitar su renovación.



— Se tendrá en cuenta la siguiente consideración de la Dirección General de Bibliotecas,
Museos y Patrimonio Cultural. Se observa, que la ficha del Conjunto Histórico contiene
una representación gráfica de su delimitación que no corresponde con la actualizada
en planos de ordenación, por lo que deberá sustituirse antes de su aprobación
definitiva.

— En el presente Plan General Municipal tiene especial importancia la presencia de
infraestructuras (carreteras), por lo que deberá cumplirse y tenerse en cuenta todo
lo indicado por las Administraciones Públicas afectadas con competencias en dichas
materias. Cabe recordar que la Demarcación de Carreteras emite informe favorable,
si bien puntualiza que antes de su aprobación por la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura, y a fin de mantener el sentido
favorable de este informe por parte del representante de esta Demarcación en la
citada comisión, deberá remitirse a dicha Demarcación los documentos afectados
del Plan General Municipal, con las correcciones suficientes para garantizar el
cumplimiento de lo expresado en su informe.


— En las futuras modificaciones del Plan General Municipal, deberá tenerse en cuenta
el trazado y la anchura de las vías pecuarias. El tratamiento que deberá darse a las
mismas se acogerá a la legislación vigente.