Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Consejería De Educación Y Empleo. Personal Docente No Universitario.- (2021060824)
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y acceso, adquisición de nueva especialidades, integración por primera vez en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de personas integrantes en las mismas, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
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NÚMERO 55
Martes, 23 de marzo de 2021

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en todas las listas de espera ordinarias en las que la persona interesada se encuentre, y
que quiera que le sean computados como actualización.
En todo caso, únicamente se tendrán en cuenta los méritos cuya fecha de realización sea
posterior a 1 de junio de 2020.
Cuando la persona aspirante acceda a la solicitud podrá comprobar los datos que ya se
tienen de oficio. En caso de no estar conformes con ellos deberá aportar los que considere
que falten.
Igualmente, deberá aportar aquellos méritos contenidos en el Anexo XIII y posteriores a 1
de junio de 2020 que quiera que le sean computados como actualización.
B) Tipología 2.
Estas personas deberán marcar la/s especialidad/es por la/s que concurren al proceso
selectivo concurso-oposición. Asimismo, deberán introducir los datos personales y las opciones adicionales.
Los méritos adquiridos después del 1 de junio de 2020 aportados para su valoración serán
tenidos en cuenta en todas las listas de espera ordinarias en las que la persona interesada
se encuentre.
Cuando la persona aspirante acceda a la solicitud podrá comprobar los datos que ya se
tienen de oficio. En caso de no estar conformes con ellos deberá aportar los que considere
que falten.
Para la/s especialidad/es seleccionadas de nuevo ingreso serán considerados los méritos
aportados cuya fecha de realización sea anterior a la finalización del plazo de esta convocatoria.
Por otro lado, deberán proceder al pago de la tasa quienes se integren en el proceso de
concurso-oposición y en el de nuevo ingreso, en la forma establecida en la Base VIII.
Por último, estas personas aspirantes tendrán, en los mismos términos que para la tipología 1, la posibilidad de conocer los méritos que la Administración tiene de oficio así como
de completarlos y/o actualizarlos.
En cuanto a la documentación, aportarán los documentos acreditativos de los méritos contemplados en los Anexo VIII, IX, y XIII, según corresponda al procedimiento respectivo.