Disposiciones Generales. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Programas De Colaboración Económica Municipal.- (2021040013)
Decreto 12/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen las condiciones de gestión y ejecución presupuestaria del Programa de Colaboración Económica Municipal para Servicios de Atención Residencial, de centro de día y de centro de noche, realizados por las entidades locales extremeñas, para personas mayores, ya sean autónomas o con grado I de dependencia reconocido.
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NÚMERO 55
Martes, 23 de marzo de 2021

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intereses compartidos o concurrentes en una esfera común) una política autonómica en materia de acción social que, desde el punto de vista municipal, se concreta en una competencia
propia en lo que afecta a la gestión de los servicios sociales y de las políticas de inclusión
social. La convergencia competencial sobre un ámbito material es obvia y requiere, por tanto,
repensar asimismo el sistema de financiación en la clave antes expuesta.
En este ámbito material, esta transformación de una política de subvenciones en una política
de transferencias presupuestarias se enmarca no sólo en el desarrollo de la LGAMEX y de
la Carta Europea de Autonomía Local, sino también en el fortalecimiento institucional de la
capacidad de gestión de las entidades locales en materia de gasto que se hace, además, en
un momento en el que la crisis Covid19 requiere impulsar, por un lado, la necesidad de eliminar trámites que comporten más burocracia y reducir por tanto el gasto público, haciendo
efectivos los principios de simplificación y mejora de la gestión, así como de optimización de
los recursos públicos y de eficiencia previstos en la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, mientras que, por otro,
como consecuencia de la catástrofe humanitaria derivada de la pandemia, se hace asimismo
necesario –en clave también de una sociedad cada vez más envejecida que requiere mayores
atenciones personales en línea con el ODS 3 de la Agenda 2030, sobre salud y bienestar- mejorar las transferencias financieras en un ámbito tan sensible de la política social como es la
promoción de la atención personal especialmente dirigida a personas mayores y dependientes, un colectivo a proteger en particular en estos momentos críticos. Todo ello sin perjuicio
de los estudios y proyectos que se promuevan desde la Junta de Extremadura y las instituciones de la Comunidad Autónoma para replantear, en las actuales circunstancias, el modelo
residencial hasta ahora existente, con el fin de salvaguardar a unas personas especialmente
vulnerables en el complejo contexto de la pandemia.
Ejerciendo sus competencias atribuidas estatutariamente, la Junta de Extremadura, a través
del Programa de Colaboración Económica Municipal de Servicios Residenciales, distribuirá
territorialmente las transferencias entre todas las entidades locales extremeñas con competencias en materia de servicios sociales, en base a la solidaridad territorial, que se ajusten a
los criterios objetivos que sirven de base para la distribución de los créditos con la finalidad
de prestar dichos servicios sociales a las personas mayores, ya sean autónomas o con Grado
I de dependencia.
Las transferencias que se regulan en el presente decreto se regirán, de acuerdo con el régimen jurídico establecido en los artículos 51 a 53 de la Ley de Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma para 2021, por su propio articulado, no resultándoles de aplicación la
normativa general sobre subvenciones públicas. Todo ello con base en que el ámbito material
de regulación sobre el que se proyecta esta ordenación y la transferencia financiera correspondiente, es una esfera en la que convergen intereses conjuntos o compartidos materializa-