Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060761)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de residuos de construcción y demolición (RCD´s) en Escurial (Cáceres), cuyo promotor es Luis González Méndez e hijos, SL. Expte.: IA17/0475.
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NÚMERO 54
Lunes, 22 de marzo de 2021
15033
proyectados originalmente. El objetivo es que el fluido que se colecte en las zonas
de trabajo nunca pueda ni infiltrarse en el terreno ni discurrir hacia la zona no
pavimentada o hacia el exterior de las instalaciones, para ello se instalarán las
barreras de retención que sean necesarias.
— Todas las aguas que se recojan de estas superficies deberán ser adecuadamente
tratas en función de su tipología.
— Las maquinarias y los depósitos, y sus redes de distribución, de sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico dispondrán de recintos estancos, que
estarán debidamente sellados para evitar infiltraciones.
3. En cuanto a la instalación de la fosa séptica se deberán cumplir las siguientes condiciones:
— Se ubicará a más de 40 m de cualquier pozo.
— Se debe garantizar la completa estanqueidad mediante el correspondiente certificado suscrito por técnico competente.
— Contará con una tubería de ventilación en la parte superior, al objeto de facilitar
la salida de gases procedentes de la fermentación anaeróbica.
4. S
e diseñara, construirá y mantendrá una red de piezómetros que permita comprobar
que no se están contaminando las aguas subterráneas
c. Medidas en fase de explotación.
1. T
odos los elementos de la planta y labores de manejo de los materiales deberán
asegurar que se minimicen la dispersión de polvo y otros volátiles al entorno.
2. E
l área destinada a la gestión de los materiales recepcionados será únicamente el
que se señala en la documentación aportada que obra dentro del expediente de referencia. No se podrá enterrar, acopiar o almacenar RCD´s, tratados o sin tratar, fuera
de las superficies especificadas para ello en el proyecto. El almacenamiento de los
RCD´s sin tratar, así como las operaciones de machaqueo y clasificación de los residuos, no se podrá realizar fuera de áreas impermeabilizadas preparadas al efecto.
3. L
as operaciones de limpieza de los elementos de tratamiento de las aguas (balsa,
redes de captación y conducción, desarenador y separador de grasas) y la gestión
de los sólidos decantados, deberán realizarse de forma que no se afecte a la calidad
de las aguas. Al menos anualmente se deberá proceder al vaciado total y limpieza
de estos elementos (incluidas la balsa de lixiviados y la fosa séptica estanca), en-
Lunes, 22 de marzo de 2021
15033
proyectados originalmente. El objetivo es que el fluido que se colecte en las zonas
de trabajo nunca pueda ni infiltrarse en el terreno ni discurrir hacia la zona no
pavimentada o hacia el exterior de las instalaciones, para ello se instalarán las
barreras de retención que sean necesarias.
— Todas las aguas que se recojan de estas superficies deberán ser adecuadamente
tratas en función de su tipología.
— Las maquinarias y los depósitos, y sus redes de distribución, de sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico dispondrán de recintos estancos, que
estarán debidamente sellados para evitar infiltraciones.
3. En cuanto a la instalación de la fosa séptica se deberán cumplir las siguientes condiciones:
— Se ubicará a más de 40 m de cualquier pozo.
— Se debe garantizar la completa estanqueidad mediante el correspondiente certificado suscrito por técnico competente.
— Contará con una tubería de ventilación en la parte superior, al objeto de facilitar
la salida de gases procedentes de la fermentación anaeróbica.
4. S
e diseñara, construirá y mantendrá una red de piezómetros que permita comprobar
que no se están contaminando las aguas subterráneas
c. Medidas en fase de explotación.
1. T
odos los elementos de la planta y labores de manejo de los materiales deberán
asegurar que se minimicen la dispersión de polvo y otros volátiles al entorno.
2. E
l área destinada a la gestión de los materiales recepcionados será únicamente el
que se señala en la documentación aportada que obra dentro del expediente de referencia. No se podrá enterrar, acopiar o almacenar RCD´s, tratados o sin tratar, fuera
de las superficies especificadas para ello en el proyecto. El almacenamiento de los
RCD´s sin tratar, así como las operaciones de machaqueo y clasificación de los residuos, no se podrá realizar fuera de áreas impermeabilizadas preparadas al efecto.
3. L
as operaciones de limpieza de los elementos de tratamiento de las aguas (balsa,
redes de captación y conducción, desarenador y separador de grasas) y la gestión
de los sólidos decantados, deberán realizarse de forma que no se afecte a la calidad
de las aguas. Al menos anualmente se deberá proceder al vaciado total y limpieza
de estos elementos (incluidas la balsa de lixiviados y la fosa séptica estanca), en-