Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060760)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento del recurso de la Sección A) denominado "Ampliación de Vegas de Botoa" n.º 06A00979-00, a ejecutar en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1204.
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NÚMERO 54
Lunes, 22 de marzo de 2021

15008

ques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion
albae)” (Cod. UE 91E0), Hábitat prioritario de “Bosques galería de ríos de caudal intermitente
mediterráneos con Rhododendron ponticum, Salix y otras” (Cod. UE 92B0) y “Bosques galería
de Salix alba y Populus alba” (Cod. UE 92A0).
El impacto sobre la vegetación estará producido por la substitución de la cubierta vegetal
existente existentes, y por las inmisiones de polvo efecto de los movimientos de tierra. Estos
efectos serán temporales durante la fase de extracción desapareciendo tras la restauración,
se implementarán, además, medidas destinadas a reducir las inmisiones a la atmosfera.
— Paisaje.
El entorno donde se localiza la explotación se corresponde con una zona de pendientes escasas alejada de relieves significativos. Se trata de un entorno antropizado de vega fluvial
cultivada (llanura de inundación del río Gévora), dentro de la Zona Regable de Montijo, donde
se conserva una orla de vegetación riparia en las márgenes del cauce (bosque galería).
La afección sobre el paisaje durante la actividad es la producida por el hueco de extracción,
la presencia de la maquinaria, vehículos pesados, etc. El paisaje se verá afectado tan solo
temporalmente durante la ejecución del proyecto, debido a las modificaciones topográficas
que se producirán hasta completar la restauración. Estos efectos se podrán minimizar con la
aplicación de las correspondientes medidas protectoras y correctoras.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Se genera afección a la calidad atmosférica, en fase de explotación, por el incremento de emisiones e inmisiones de polvo, partículas, ruido, gases de escape de la maquinaria, etc. Estas
afecciones se pueden anular o minimizar con la aplicación de medidas preventivas y correctoras. No se prevén impactos significativos por emisiones sonoras y contaminación lumínica
provocados por la actividad.
— Patrimonio arqueológico y dominio público.
El informe de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural señala que no
existen referencias a la existencia de yacimientos o elementos arqueológicos documentados.
Se aplicará, dado el caso, la medida correctora consistente en la paralización de las obras y su
comunicación a la administración competente en caso de darse un hallazgo casual.
En el área de estudio no discurren vías pecuarias, se mantendrá la distancia de seguridad a
caminos públicos.
No se prevé ninguna afección a monte de utilidad pública.