Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060760)
Resolución de 8 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento del recurso de la Sección A) denominado "Ampliación de Vegas de Botoa" n.º 06A00979-00, a ejecutar en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA18/1204.
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NÚMERO 54
Lunes, 22 de marzo de 2021

15006

— Alteración de los factores ambientales.
— Restauración de las zonas afectadas anteriormente.
— El uso actual del suelo.
— Buen acceso a la zona de explotación.
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los principales factores ambientales de su ámbito de afección:
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Según consta en el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza, de fecha de 6 de
mayo de 2019, la actividad solicitada no se encuentra en Red Natura 2000, si bien se encuentra colindante a la ZEC “Río Gévora Bajo” (ES4310059), y que no se considera que la actividad
pueda tener repercusiones significativas sobre especies protegidas siempre que se cumplan
las medidas contempladas en su informe, las cuales se recogen en el condicionado ambiental.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Los cursos fluviales que discurre dentro del ámbito de actuación pertenecen en su totalidad
a la cuenca del Guadiana. La explotación se localiza a escasa distancia de la margen izquierda del río Gévora, dentro de la Zona de Policía del río Gévora y arroyo de la Legua y media,
pertenecientes a la Masa de Agua Superficial 14.010 “Río Gévora III”. La zona de actuación
estaría parte en Zona de Flujo Preferente, se corresponde con un Área de Riesgo Potencial
Significativo de Inundación (con el código ES040 EXT017), estando la totalidad de su superficie en terreno cubierto por las aguas durante las avenidas extraordinarias T100 y T500 (T=
periodo de retorno).
En cuanto a las afecciones a las aguas subterráneas, el terreno se corresponde con un acuífero libre de tipo detrítico granular (gravas y arenas cuaternarias) con un nivel freático cercano
a la superficie, ligado al cauce del río Gévora. No se relaciona ninguna Masa de Agua Subterránea catalogada. Durante el desarrollo de la actividad, debido a la excavación de las tierras
para su aprovechamiento, podría alcanzarse el nivel freático, que en base a los resultados
obtenidos en el Estudio Hidrogeológico realizado por el promotor se sitúa próximo a la superficie, por lo que en el informe del Organismo de Cuenca señala que la excavación no deben
superar la cota 176 m.s.n.m en la parcela 81 y la cota 175.5 m.s.n.m en la parcela 69, evitándose el afloramiento en superficie del nivel freático y el riesgo potencial de contaminación.
Por lo que deberá recalcularse el volumen de la extracción planteado inicialmente.