Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Aprovechamientos Forestales. Subvenciones.- (2020061864)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021

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No obstante, no será preciso establecer un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, en el caso de que el crédito consignado
resulte suficiente para atender la totalidad de ellas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
Octavo. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. E
 l plazo de presentación de solicitudes y la documentación requerida, será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el
DOE y el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
2. L
 a solicitud responderá a los modelos normalizados contenidos en los anexos I y II de la
presente convocatoria, disponible en el Portal del Ciudadano (http://ciudadano.juntaex.es)
y en el de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (http://www.
juntaex.es/con03/). Su uso es obligatorio para todas las personas interesadas.
3. L
 as solicitudes de subvención, debidamente cumplimentadas deben ser firmadas por quienes la soliciten o acrediten su representación por cualquier medio válido en derecho e irán
acompañadas de la documentación que para cada caso se establece y serán dirigidas al
titular de la Dirección General de Política Forestal.
4. L
 a solicitud se cumplimentará preferentemente de forma telemática a través de la plataforma “ARADO”, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura (https://arado.juntaex.es/aradoi/inicio.aspx) o
bien mediante el correspondiente modelo normalizado publicado en la convocatoria.
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio proporcionará a las
personas interesadas las claves personalizadas de acceso al sistema informático de presentación de solicitudes, e igualmente a través de las Oficinas Comarcales Agrarias (OCAS)
se facilitará la acreditación informática a quien las represente y colabore con las mismas
en la formulación de la solicitud.
Una vez cumplimentada la solicitud, en cualquiera de las dos modalidades previstas, podrá
ser presentada en el Registro Electrónico de la sede electrónica corporativa de la Junta de
Extremadura, a través de la plataforma ARADO o en cualquiera de los registros de entrada
de documentos, Oficinas de Respuesta Personalizada, Centros de Atención Administrativa
o en los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por
el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas
del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.