Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Aprovechamientos Forestales. Subvenciones.- (2020061864)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021
14490
ran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales
compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
Estas ayudas están cofinanciadas en un 75 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) “Europa Invierte en las Zonas Rurales”, dentro del Programa de Desarrollo Rural
de Extremadura 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea con fecha 18 de noviembre de
2015, y más concretamente por la acción 8.6.2 “Ayudas a inversiones destinadas a la transformación, movilización y comercialización de los productos forestales” de la submedida 8.6
“Inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización
de productos forestales” de la Medida 8: “Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y
mejora de la viabilidad de los bosques”, siendo el 25 % restante cofinanciado por la Administración General del Estado y por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 14 de abril de 2020, publicado
en el Diario Oficial de Extremadura n.º 73, de 16 de abril de 2020, mediante la presente resolución se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar
las inversiones a la transformación, movilización y comercialización de productos forestales
en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Submedida 8.6.2. del Programa
de Desarrollo Rural de Extremadura (FEADER).
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con los artículos 23 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y 58
y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en uso de las atribuciones conferidas en materia de montes
y aprovechamientos forestales por el artículo 10.1.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, y previamente autorizada en el Consejo de Gobierno de 23 de septiembre de 2020,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria pública para la concesión
de las subvenciones de la acción 8.6.2, inversiones, Línea 3 destinadas a la transformación,
movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, previstas en la Orden de 14 de abril de 2020, por la que se regula el régimen de
subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales y para la transformación,
movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 73, de 16 de abril de 2020).
Jueves, 18 de marzo de 2021
14490
ran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales
compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
Estas ayudas están cofinanciadas en un 75 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) “Europa Invierte en las Zonas Rurales”, dentro del Programa de Desarrollo Rural
de Extremadura 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea con fecha 18 de noviembre de
2015, y más concretamente por la acción 8.6.2 “Ayudas a inversiones destinadas a la transformación, movilización y comercialización de los productos forestales” de la submedida 8.6
“Inversiones en tecnologías forestales y en la transformación, movilización y comercialización
de productos forestales” de la Medida 8: “Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y
mejora de la viabilidad de los bosques”, siendo el 25 % restante cofinanciado por la Administración General del Estado y por la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 14 de abril de 2020, publicado
en el Diario Oficial de Extremadura n.º 73, de 16 de abril de 2020, mediante la presente resolución se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar
las inversiones a la transformación, movilización y comercialización de productos forestales
en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Submedida 8.6.2. del Programa
de Desarrollo Rural de Extremadura (FEADER).
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con los artículos 23 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y 58
y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en uso de las atribuciones conferidas en materia de montes
y aprovechamientos forestales por el artículo 10.1.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, y previamente autorizada en el Consejo de Gobierno de 23 de septiembre de 2020,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria pública para la concesión
de las subvenciones de la acción 8.6.2, inversiones, Línea 3 destinadas a la transformación,
movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, previstas en la Orden de 14 de abril de 2020, por la que se regula el régimen de
subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales y para la transformación,
movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 73, de 16 de abril de 2020).