Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Aprovechamientos Forestales. Subvenciones.- (2020061864)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021

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de las Administraciones Públicas, siempre que haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido
más de cinco años desde la finalización del procedimiento a que correspondan, tal y como
establece el artículo 23.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuando la Administración no pudiera recabar los citados documentos, podrá requerir su
presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se
refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
5. E
 l órgano instructor podrá requerir en cualquier momento que se aporte la documentación
que acredite no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones referidas en el artículo
5 de las bases reguladoras.
Décimo. Ordenación e instrucción del procedimiento de concesión.
El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Dirección
General de Política Forestal, a través del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal y sus unidades administrativas.
Undécimo. Comisión de Valoración.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de las bases reguladoras, para la valoración
de las solicitudes y, en su caso, prelación de las solicitudes presentadas se constituirá una
Comisión de Valoración, que emitirá un informe vinculante para el órgano instructor, en el
que se concretará el resultado de la puntuación total asignada a cada solicitud.
2. La Comisión de Valoración estará constituida por:
a) La persona titular de la Dirección de Programas de Planificación y Montes Particulares,
o unidad que la sustituya, del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, que presidirá
el órgano.
b) La Jefatura de la Sección de Coordinación Área de Programas Forestales de Badajoz.
c) La Jefatura de la Sección de Planificación Forestal y Montes Particulares de Cáceres.
d) La Jefatura de la Sección Jurídica.
e) U
 n puesto de la asesoría jurídica del mismo servicio, que realizará las funciones de
secretariado.