Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas.- (2021060750)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo y reconversión y mejora de las existentes y para la adquisición de maquinaria específica al amparo de las ayudas estatales de mínimis en el sector agrario en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021
14545
Los documentos justificativos de realización de inversiones serán los siguientes:
— Facturas originales, que una vez estampilladas y validadas serán devueltas a su titular.
Deberán estar cumplimentadas conforme a la normativa fiscal vigente, con una descripción clara y detallada de los bienes adquiridos o de los servicios recibidos.
— Documentos bancarios que acrediten el pago de la inversión: La persona o entidad beneficiaria de la ayuda debe ser titular de la cuenta bancaria desde la que se realice el
pago y, en todo caso se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado
dentro del plazo máximo de ejecución de las inversiones previsto en el apartado vigésimotercero.
— Certificado bancario acreditativo de la transferencia dineraria o del ingreso.
— No son inversiones subvencionables las abonadas en metálico.
— Extracto de cuenta sellado por la entidad bancaria o acreditación equivalente en la que
se reflejen los movimientos correspondientes a días previos y posteriores al mismo.
— En el caso de que se haya adquirido maquinaria agrícola, tendrá que estar inscrita en
el Registro de Maquinaria de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio, debiendo hacer constar que es maquinaria subvencionada.
— Transcurrido el plazo establecido para la justificación sin haberse presentado la misma
ante el órgano instructor, este requerirá a la persona beneficiaria para que en el plazo
improrrogable de quince días sea presentada a los efectos previstos en este apartado.
La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido llevará consigo la revocación de la resolución de concesión.
La forma de acreditar las inversiones o gastos subvencionados es mediante original y/o copias
compulsadas de facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente
con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente, junto con los títulos o los documentos bancarios o contables
que aseguren la efectividad del pago.
Vigesimoquinto. Comprobación de la adecuada justificación de las inversiones.
Cuando el órgano instructor aprecie la existencia de defectos subsanables en la justificación
presentada por la persona beneficiaria, lo pondrá en su conocimiento concediéndole un plazo
de 10 días para su subsanación.
Jueves, 18 de marzo de 2021
14545
Los documentos justificativos de realización de inversiones serán los siguientes:
— Facturas originales, que una vez estampilladas y validadas serán devueltas a su titular.
Deberán estar cumplimentadas conforme a la normativa fiscal vigente, con una descripción clara y detallada de los bienes adquiridos o de los servicios recibidos.
— Documentos bancarios que acrediten el pago de la inversión: La persona o entidad beneficiaria de la ayuda debe ser titular de la cuenta bancaria desde la que se realice el
pago y, en todo caso se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado
dentro del plazo máximo de ejecución de las inversiones previsto en el apartado vigésimotercero.
— Certificado bancario acreditativo de la transferencia dineraria o del ingreso.
— No son inversiones subvencionables las abonadas en metálico.
— Extracto de cuenta sellado por la entidad bancaria o acreditación equivalente en la que
se reflejen los movimientos correspondientes a días previos y posteriores al mismo.
— En el caso de que se haya adquirido maquinaria agrícola, tendrá que estar inscrita en
el Registro de Maquinaria de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio, debiendo hacer constar que es maquinaria subvencionada.
— Transcurrido el plazo establecido para la justificación sin haberse presentado la misma
ante el órgano instructor, este requerirá a la persona beneficiaria para que en el plazo
improrrogable de quince días sea presentada a los efectos previstos en este apartado.
La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido llevará consigo la revocación de la resolución de concesión.
La forma de acreditar las inversiones o gastos subvencionados es mediante original y/o copias
compulsadas de facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente
con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa en los términos establecidos reglamentariamente, junto con los títulos o los documentos bancarios o contables
que aseguren la efectividad del pago.
Vigesimoquinto. Comprobación de la adecuada justificación de las inversiones.
Cuando el órgano instructor aprecie la existencia de defectos subsanables en la justificación
presentada por la persona beneficiaria, lo pondrá en su conocimiento concediéndole un plazo
de 10 días para su subsanación.