Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas.- (2021060750)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo y reconversión y mejora de las existentes y para la adquisición de maquinaria específica al amparo de las ayudas estatales de mínimis en el sector agrario en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021

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2. Asimismo, esta convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
3. E
 l procedimiento de concesión de estas ayudas se desarrollará en régimen de concurrencia
competitiva, mediante convocatoria periódica, de acuerdo con lo establecido en el artículo
22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, mediante la comparación de las solicitudes presentadas.
4. P
 ara la valoración de las solicitudes presentadas se aplicarán los siguientes criterios objetivos y baremos:
a) Figuras asociativas o pertenecer a una agrupación de productores de lúpulo: 3 puntos.
b) “Agricultor Joven”: 3 puntos.
c) Titulares de explotaciones prioritarias: 2 puntos.
d) Eficiencia del riego: 2 puntos.
e) A
 creditación sistema de control de materia orgánica del suelo: 2 puntos.
f) Utilización de energías renovables: 2 puntos.
g) Aspectos medioambientales (huella de carbono, adaptación al cambio climático, mayor
biodiversidad, etc.): 2 puntos.
h) E
 xplotación calificada como ecológica: 1 punto.
i) Explotación situada en Red Natura 2000: 1 punto.
j) Explotación en titularidad compartida conforme a la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre
titularidad compartida de las explotaciones agrarias: 1 punto.
k) “Agricultor activo”: 2 puntos.
5. E
 n todo caso, las solicitudes se puntuarán según los criterios enumerados en el punto anterior, siendo la puntuación máxima total de veintiún puntos y la mínima de cinco.
6. E
 n caso de que las solicitudes admisibles superen los fondos presupuestarios, el importe
de las ayudas se prorrateará entre todas ellas, de acuerdo con el artículo 22.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimoséptimo. Solicitudes.
1. L
 a solicitud de la subvención, se ajustará al modelo que figura como anexo 1 a la presente resolución, y deberá presentarse en los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto