Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas.- (2021060750)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo y reconversión y mejora de las existentes y para la adquisición de maquinaria específica al amparo de las ayudas estatales de mínimis en el sector agrario en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021

14539

257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura o en cualquiera de los lugares establecidos en la Ley
39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en la forma y plazos fijados en esta convocatoria de ayudas y se registrarán con
la fecha de recepción y el número de expediente correlativo que le corresponda.
2. E
 l plazo de presentación de solicitudes comenzará el día en que se produzca la publicación
de esta resolución de convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el día 31 de marzo de 2021.
3. E
 l modelo de solicitud deberá estar cumplimentado en todos sus apartados, firmado por la
persona solicitante de la ayuda o representante y acompañarse de la siguiente documentación relativa a la inversión o actividad que pretendan realizar:
a) Documento que acredite la propiedad o el arrendamiento legalizado de las parcelas en
las cuales pretenden realizarse las inversiones (escritura, nota simple registral, contrato
legalizado...).
b) Facturas proforma suficientemente detalladas por partidas y precios descompuestos del
resto de las inversiones solicitadas. Se exige la presentación de tres facturas proforma:


— La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación,
o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección
cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

c) Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representación que ostenta. Si se trata de una persona física, la copia del NIF, y en el caso
que sea una persona jurídica, la acreditación documental del NIF junto con documentación justificativa de la personalidad jurídica, el documento en que conste el acuerdo
de iniciar la acción para la que se solicita la ayuda y el documento en que se delegue el
poder de representación de la persona jurídica junto con copia de su NIF.
d) Respecto de la acreditación de encontrarse al corriente de las obligaciones con las Haciendas Estatal y Autonómica y la Seguridad Social:


I. Certificados de estar al corriente con la Hacienda Autonómica y con la Seguridad
Social, en el que caso de que la persona interesada se oponga expresamente en la
solicitud de la subvención a que el órgano gestor los recabe de oficio de conformidad
con el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.