Presidencia De La Junta. Salud Pública. Intervención Administrativa. (Suplemento DOE). (2021030017)
Decreto del Presidente 16/2021, de 15 de marzo, por el que se ejecuta la Orden Comunicada de la Ministra de Sanidad, de 11 de marzo de 2021, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo del puente de San José y de la Semana Santa de 2021, se extienden las medidas en ella contenidas al período comprendido entre el 22 y el 25 de marzo de 2021 y se prorroga el Decreto del Presidente 12/2021, de 3 de marzo, por el que se establecen medidas de limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados, de limitación de la permanencia en lugares de culto y de limitación de la libertad de circulación de las personas en la franja horaria nocturna excepcional en Extremadura, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
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SUPLEMENTO NÚMERO 50
Lunes, 15 de marzo de 2021
5
cobertura vacunal que garantice en este momento una mayor protección de la población y en
la tipología de las variantes del coronavirus Sars-Cov-2 que presentan una mayor capacidad
de transmisión, pudiendo incidir alguna de ellas en la capacidad de respuesta inmunitaria.
Por ello, con la aproximación de los períodos festivos de San José y Semana Santa, teniendo
en cuenta el habitual incremento de la interacción social en esas fechas y con el objetivo de
restringir la movilidad y las actividades no esenciales que habitualmente se suceden en este
período, en aras a garantizar la necesaria protección de la salud pública para minimizar el
riesgo por contagio del coronavirus Sars-Cov-2 entre la población, teniendo en cuenta que
las medidas de limitación de la movilidad y de restricción de la interacción social y familiar,
en particular, en espacios cerrados, han contribuido a la reducción en la transmisión de la
Covid-19, se hace necesario en toda España la implementación de las medidas y recomendaciones que se recogen en las referidas disposiciones.
El citado Acuerdo ha sido adoptado al amparo del 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 13 del ya citado Real Decreto
926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, tratándose, según se dispone en el propio
texto, de un acuerdo de obligado cumplimiento para todas las Comunidades Autónomas al
haberse adoptado en el ejercicio de las funciones de coordinación general de la sanidad que
la Administración General del Estado tiene atribuidas.
Asimismo, para dar cumplimiento a dicho Acuerdo, de conformidad con el artículo 65 de la
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, por parte
de la Ministra de Sanidad se ha aprobado la Orden Comunicada de 11 de marzo de 2021, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas frente a la Covid-19 con
motivo del Puente de San José y de la Semana Santa de 2021, que ha sido notificada a esta
Administración con fecha 11 de marzo de 2021.
Una vez efectuada la referida notificación, con la finalidad de dotarla de eficacia en Extremadura,
se procede a ordenar su ejecución a través del presente Decreto. A tal fin, en relación con
los períodos festivos de San José, y Semana Santa, de carácter oficial en nuestra región, y,
en concreto, en los plazos del 17 de marzo al 21 de marzo y del 26 de marzo al 9 de abril,
respectivamente, se disponen las medidas que a continuación se señalan.
En primer lugar, se establece la limitación de restricción de la entrada y salida de la Comunidad Autónoma de Extremadura salvo los supuestos exceptuados en la propia norma.
En todo caso hilvanado con lo manifestado en la propia Orden Comunicada se entiende necesario recordar a los estudiantes que regresan a su domicilio familiar como causa de desplazamiento entre regiones que, mientras que convivan en aquel, es preciso que observan,
en la medida de lo posible, las medidas preventivas necesarias para evitar contagios en los
espacios privados.
Lunes, 15 de marzo de 2021
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cobertura vacunal que garantice en este momento una mayor protección de la población y en
la tipología de las variantes del coronavirus Sars-Cov-2 que presentan una mayor capacidad
de transmisión, pudiendo incidir alguna de ellas en la capacidad de respuesta inmunitaria.
Por ello, con la aproximación de los períodos festivos de San José y Semana Santa, teniendo
en cuenta el habitual incremento de la interacción social en esas fechas y con el objetivo de
restringir la movilidad y las actividades no esenciales que habitualmente se suceden en este
período, en aras a garantizar la necesaria protección de la salud pública para minimizar el
riesgo por contagio del coronavirus Sars-Cov-2 entre la población, teniendo en cuenta que
las medidas de limitación de la movilidad y de restricción de la interacción social y familiar,
en particular, en espacios cerrados, han contribuido a la reducción en la transmisión de la
Covid-19, se hace necesario en toda España la implementación de las medidas y recomendaciones que se recogen en las referidas disposiciones.
El citado Acuerdo ha sido adoptado al amparo del 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del artículo 13 del ya citado Real Decreto
926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, tratándose, según se dispone en el propio
texto, de un acuerdo de obligado cumplimiento para todas las Comunidades Autónomas al
haberse adoptado en el ejercicio de las funciones de coordinación general de la sanidad que
la Administración General del Estado tiene atribuidas.
Asimismo, para dar cumplimiento a dicho Acuerdo, de conformidad con el artículo 65 de la
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, por parte
de la Ministra de Sanidad se ha aprobado la Orden Comunicada de 11 de marzo de 2021, mediante la que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas frente a la Covid-19 con
motivo del Puente de San José y de la Semana Santa de 2021, que ha sido notificada a esta
Administración con fecha 11 de marzo de 2021.
Una vez efectuada la referida notificación, con la finalidad de dotarla de eficacia en Extremadura,
se procede a ordenar su ejecución a través del presente Decreto. A tal fin, en relación con
los períodos festivos de San José, y Semana Santa, de carácter oficial en nuestra región, y,
en concreto, en los plazos del 17 de marzo al 21 de marzo y del 26 de marzo al 9 de abril,
respectivamente, se disponen las medidas que a continuación se señalan.
En primer lugar, se establece la limitación de restricción de la entrada y salida de la Comunidad Autónoma de Extremadura salvo los supuestos exceptuados en la propia norma.
En todo caso hilvanado con lo manifestado en la propia Orden Comunicada se entiende necesario recordar a los estudiantes que regresan a su domicilio familiar como causa de desplazamiento entre regiones que, mientras que convivan en aquel, es preciso que observan,
en la medida de lo posible, las medidas preventivas necesarias para evitar contagios en los
espacios privados.