Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2021060619)
Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Jarandilla de la Vera. Expte.: IA15/21.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 48
13562
Jueves, 11 de marzo de 2021
Los efectos significativos más relevantes que se derivan del establecimiento de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Jarandilla de la Vera, se exponen a continuación:
Suelo
La inclusión de los nuevos usos podría generar una afección irreversible sobre el recurso suelo
dado que su ocupación supone su pérdida, así como la modificación de los procesos edafológicos por compactación y sobre las condiciones geomorfológicas. Será uno de los factores más
significativamente afectado por las actuaciones de la modificación puntual.
Atmósfera
La nueva ordenación que supone la modificación puntual puede provocar la afección sobre
la atmósfera por permitir o incluir nuevos usos y actividades que sean generadoras de contaminación atmosférica como podrían ser los usos industriales, ganaderos y las actividades
constructivas derivadas de permitir el uso residencial, dotacional o terciario.
Derivado de permitir los citados usos, se desarrollan las distintas fases de construcción de las
actuaciones contenidas en la modificación puntual, que incrementarán la concentración en la
atmósfera de partículas en suspensión debido a los movimientos de tierra, la circulación de
maquinaria o el transporte de materiales. Por otro lado, durante la fase de uso o explotación
de las actuaciones realizadas pueden producirse también efectos sobre la atmósfera que pueden ser debidos a la circulación de vehículos, a la instalación de nuevas industrias que pueden
generar emisiones gaseosas o a los cambios de uso del suelo, puesto que la eliminación de la
cubierta vegetal puede ocasionar variaciones en la calidad del aire.
Otro tipo de impactos que pueden generarse sobre la atmósfera estarían relacionados con la
contaminación lumínica y acústica provocada por los nuevos usos y la instalación de industrias
y empresas.
Agua
Se infiere que la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Jarandilla de la Vera,
en el término municipal de Jarandilla de la Vera, no provoca afecciones directas a los cauces
públicos presentes en el término municipal.
Según el censo de vertidos autorizados en el municipio de Jarandilla de la Vera, el Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera es el titular del vertido de la EDAR de Jarandilla de la
Vera-Guijo de Santa Bárbara al arroyo Valdeparra con un volumen anual autorizado de
427.000 m3/año.
13562
Jueves, 11 de marzo de 2021
Los efectos significativos más relevantes que se derivan del establecimiento de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Jarandilla de la Vera, se exponen a continuación:
Suelo
La inclusión de los nuevos usos podría generar una afección irreversible sobre el recurso suelo
dado que su ocupación supone su pérdida, así como la modificación de los procesos edafológicos por compactación y sobre las condiciones geomorfológicas. Será uno de los factores más
significativamente afectado por las actuaciones de la modificación puntual.
Atmósfera
La nueva ordenación que supone la modificación puntual puede provocar la afección sobre
la atmósfera por permitir o incluir nuevos usos y actividades que sean generadoras de contaminación atmosférica como podrían ser los usos industriales, ganaderos y las actividades
constructivas derivadas de permitir el uso residencial, dotacional o terciario.
Derivado de permitir los citados usos, se desarrollan las distintas fases de construcción de las
actuaciones contenidas en la modificación puntual, que incrementarán la concentración en la
atmósfera de partículas en suspensión debido a los movimientos de tierra, la circulación de
maquinaria o el transporte de materiales. Por otro lado, durante la fase de uso o explotación
de las actuaciones realizadas pueden producirse también efectos sobre la atmósfera que pueden ser debidos a la circulación de vehículos, a la instalación de nuevas industrias que pueden
generar emisiones gaseosas o a los cambios de uso del suelo, puesto que la eliminación de la
cubierta vegetal puede ocasionar variaciones en la calidad del aire.
Otro tipo de impactos que pueden generarse sobre la atmósfera estarían relacionados con la
contaminación lumínica y acústica provocada por los nuevos usos y la instalación de industrias
y empresas.
Agua
Se infiere que la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Jarandilla de la Vera,
en el término municipal de Jarandilla de la Vera, no provoca afecciones directas a los cauces
públicos presentes en el término municipal.
Según el censo de vertidos autorizados en el municipio de Jarandilla de la Vera, el Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera es el titular del vertido de la EDAR de Jarandilla de la
Vera-Guijo de Santa Bárbara al arroyo Valdeparra con un volumen anual autorizado de
427.000 m3/año.