Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021050026)
Orden de 4 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 48
Jueves, 11 de marzo de 2021
13438
disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en
los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
2. No podrán beneficiarse de estas subvenciones:
a. Las empresas de trabajo temporal excepto en relación a las personas trabajadoras contratadas para prestar servicios bajo su dirección.
b. L
as empresas o entidades pertenecientes al sector público, salvo los colegios profesionales y las comunidades de regantes.
3. A los efectos de la presente orden, se entiende por empresa cualquiera de las entidades
que pueden ser beneficiarias conforme a lo establecido en este artículo.
Artículo 7. Requisitos de las entidades beneficiarias.
Para poder acceder a las ayudas reguladas en esta orden, las entidades beneficiarias deberán
cumplir los siguientes requisitos:
1. N
o estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y
3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
La justificación, por parte de la entidad solicitante, de no estar incursa en dichas circunstancias se realizará mediante la presentación de declaración responsable en el anexo de
solicitud de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio de las facultades de comprobación, control
e inspección que tiene atribuidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de
Empleo.
2. Q
ue, hasta el fin del periodo de obligaciones, el puesto de trabajo por el que se solicite
la subvención:
a. Radique en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b. E
sté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que
corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
c. No resulte excluida del ámbito de aplicación de esta orden en virtud de lo dispuesto en
el artículo 8 y cumpla los requisitos que adicionalmente se establecen en el artículo 9.
Jueves, 11 de marzo de 2021
13438
disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en
los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
2. No podrán beneficiarse de estas subvenciones:
a. Las empresas de trabajo temporal excepto en relación a las personas trabajadoras contratadas para prestar servicios bajo su dirección.
b. L
as empresas o entidades pertenecientes al sector público, salvo los colegios profesionales y las comunidades de regantes.
3. A los efectos de la presente orden, se entiende por empresa cualquiera de las entidades
que pueden ser beneficiarias conforme a lo establecido en este artículo.
Artículo 7. Requisitos de las entidades beneficiarias.
Para poder acceder a las ayudas reguladas en esta orden, las entidades beneficiarias deberán
cumplir los siguientes requisitos:
1. N
o estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y
3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
La justificación, por parte de la entidad solicitante, de no estar incursa en dichas circunstancias se realizará mediante la presentación de declaración responsable en el anexo de
solicitud de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio de las facultades de comprobación, control
e inspección que tiene atribuidas a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de
Empleo.
2. Q
ue, hasta el fin del periodo de obligaciones, el puesto de trabajo por el que se solicite
la subvención:
a. Radique en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b. E
sté en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que
corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
c. No resulte excluida del ámbito de aplicación de esta orden en virtud de lo dispuesto en
el artículo 8 y cumpla los requisitos que adicionalmente se establecen en el artículo 9.