Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021050026)
Orden de 4 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 48
Jueves, 11 de marzo de 2021
13457
e. Informe original de la vida laboral de la entidad que subrogada, desde los doce meses
anteriores a la fecha de subrogación del contrato de trabajo objeto de subvención y
hasta el momento de expedición de la misma, en formato electrónico (pdf), en el caso
de la entidad se oponga a que el SEXPE consulte de oficio dichos documentos, marcando
la casilla correspondiente en el anexo de cambio de titularidad.
f. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
g. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se
oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
h. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf),
cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
2. La Administración competente de la tramitación de este procedimiento, que incluye una
actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de
los datos personales del solicitante en el caso en que la entidad solicitante sea una persona física o de la persona que ostente la representación legal en el caso en que la entidad
solicitante sea una persona jurídica, manifestados en el anexo de solicitud de la ayuda, en
virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
3. L
a autorización del cambio de titularidad pretendido requerirá que la nueva entidad solicitante del mismo se subrogue en el contrato objeto de subvención, así como en un número
de contratos indefinidos igual a la media calculada conforme a las reglas establecidas en el
artículo 9.3 de esta orden.
4. L
a resolución favorable del cambio de titularidad del expediente de subvención requerirá
que ambas entidades, subrogante y subrogada, cumplan todas las condiciones y requisitos
que se establecen en la presente orden para ser beneficiarias de las ayudas, debiendo asumir, la nueva titular del expediente, los derechos y obligaciones que contrajo la empresa
subrogante, así como de la obligación particular del mantenimiento del puesto de trabajo
por el que se solicita subvención y el mantenimiento del nivel de empleo total existente
una vez producido dicho cambio de titularidad, hasta que finalice el periodo señalado en la
resolución de concesión.
Jueves, 11 de marzo de 2021
13457
e. Informe original de la vida laboral de la entidad que subrogada, desde los doce meses
anteriores a la fecha de subrogación del contrato de trabajo objeto de subvención y
hasta el momento de expedición de la misma, en formato electrónico (pdf), en el caso
de la entidad se oponga a que el SEXPE consulte de oficio dichos documentos, marcando
la casilla correspondiente en el anexo de cambio de titularidad.
f. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
g. C
ertificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se
oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
h. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf),
cuando se oponga expresamente a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
2. La Administración competente de la tramitación de este procedimiento, que incluye una
actividad de tratamiento de datos personales, tiene atribuida la potestad de verificación de
los datos personales del solicitante en el caso en que la entidad solicitante sea una persona física o de la persona que ostente la representación legal en el caso en que la entidad
solicitante sea una persona jurídica, manifestados en el anexo de solicitud de la ayuda, en
virtud de la Disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
3. L
a autorización del cambio de titularidad pretendido requerirá que la nueva entidad solicitante del mismo se subrogue en el contrato objeto de subvención, así como en un número
de contratos indefinidos igual a la media calculada conforme a las reglas establecidas en el
artículo 9.3 de esta orden.
4. L
a resolución favorable del cambio de titularidad del expediente de subvención requerirá
que ambas entidades, subrogante y subrogada, cumplan todas las condiciones y requisitos
que se establecen en la presente orden para ser beneficiarias de las ayudas, debiendo asumir, la nueva titular del expediente, los derechos y obligaciones que contrajo la empresa
subrogante, así como de la obligación particular del mantenimiento del puesto de trabajo
por el que se solicita subvención y el mantenimiento del nivel de empleo total existente
una vez producido dicho cambio de titularidad, hasta que finalice el periodo señalado en la
resolución de concesión.