Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Empleo Público.- (2021060672)
Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 3 de marzo de 2021, por el que se establecen las directrices para la incorporación de personal indefinido y la contratación de personal temporal por las entidades del sector público empresarial y fundacional de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2021.
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NÚMERO 47
Miércoles, 10 de marzo de 2021
13317
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de
Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno
ACUERDA:
Primero.
Aprobar las directrices que se incorporan en el Anexo al presente Acuerdo para regular el
régimen de autorización para la incorporación de personal indefinido y las contrataciones de
personal temporal por las entidades del sector público empresarial y fundacional cuyos presupuestos se encuentran incluidos en las letras a), b), c) y d) del artículo 1.2 de la Ley 1/2021,
de 3 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2021.
Segundo.
Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura para su general difusión y conocimiento.
Tercero.
Facultar a la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública para
dictar las instrucciones que sean necesarias para el desarrollo e interpretación del presente
acuerdo.
Miércoles, 10 de marzo de 2021
13317
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de
Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno
ACUERDA:
Primero.
Aprobar las directrices que se incorporan en el Anexo al presente Acuerdo para regular el
régimen de autorización para la incorporación de personal indefinido y las contrataciones de
personal temporal por las entidades del sector público empresarial y fundacional cuyos presupuestos se encuentran incluidos en las letras a), b), c) y d) del artículo 1.2 de la Ley 1/2021,
de 3 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2021.
Segundo.
Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura para su general difusión y conocimiento.
Tercero.
Facultar a la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública para
dictar las instrucciones que sean necesarias para el desarrollo e interpretación del presente
acuerdo.