Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario.- (2021060607)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021
13093
2.5. Canon de saneamiento.
Las actuaciones en relación con este tributo estarán dirigidas a la detección y regularización
de la situación de las entidades suministradoras cuya actividad no haya sido declarada a la
Administración y las que hayan omitido alguna declaración o que hayan presentado autoliquidaciones erróneas. Se comprobará, igualmente, la correcta aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la normativa reguladora de este tributo por parte de los contribuyentes.
Se empleará el método de estimación indirecta de determinación de la cuota del canon de
saneamiento en aquellos supuestos de ausencia de declaración por parte de la entidad suministradora.
2.6. Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero.
La labor inspectora se centrará en la regularización de la situación tributaria de aquellos sujetos pasivos que no hayan satisfecho el importe del impuesto repercutido durante el ejercicio
de 2019 y se culminarán las actuaciones iniciadas en el ejercicio anterior para regularizar el
periodo 2017-2018.
2.7. Otras actuaciones.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 62/1996, de 7 de mayo, sobre Organización y Funcionamiento de la Inspección de Tributos, desde el Servicio de Inspección se llevarán
a cabo las inspecciones de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario tanto ordinarias como
extraordinarias, con la emisión de los correspondientes informes relativos a la gestión de los
tributos cedidos.
Durante 2020, la actividad de la Administración Tributaria autonómica se ha visto afectada por la
pandemia internacional provocada por el COVID-19 y declarada por la Organización Mundial de
la Salud el pasado 11 de marzo. Esta situación ha afectado a la planificación de las actuaciones
presenciales que tenía previsto realizar en el año 2020 de visitas a las oficinas liquidadoras. Por
ello, el seguimiento de las actividades de las Oficinas Liquidadoras en el ejercicio 2021 también
debe adaptarse a esta circunstancia por motivos sanitarios.
Se prestará el apoyo técnico-jurídico para la elaboración de instrucciones que, a juicio de la
Dirección General de Tributos, sea procedente emitir para la unificación de criterios y resolución de aquellas dudas que se susciten en las Oficinas Liquidadoras en cualquiera de las fases
del procedimiento de Gestión Tributaria.
En este sentido, se mejorará el acceso y visibilidad a preguntas frecuentes, ampliando contenidos, actualizando de manera permanente los enlaces a normativa aplicable y potenciando
Martes, 9 de marzo de 2021
13093
2.5. Canon de saneamiento.
Las actuaciones en relación con este tributo estarán dirigidas a la detección y regularización
de la situación de las entidades suministradoras cuya actividad no haya sido declarada a la
Administración y las que hayan omitido alguna declaración o que hayan presentado autoliquidaciones erróneas. Se comprobará, igualmente, la correcta aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la normativa reguladora de este tributo por parte de los contribuyentes.
Se empleará el método de estimación indirecta de determinación de la cuota del canon de
saneamiento en aquellos supuestos de ausencia de declaración por parte de la entidad suministradora.
2.6. Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero.
La labor inspectora se centrará en la regularización de la situación tributaria de aquellos sujetos pasivos que no hayan satisfecho el importe del impuesto repercutido durante el ejercicio
de 2019 y se culminarán las actuaciones iniciadas en el ejercicio anterior para regularizar el
periodo 2017-2018.
2.7. Otras actuaciones.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 62/1996, de 7 de mayo, sobre Organización y Funcionamiento de la Inspección de Tributos, desde el Servicio de Inspección se llevarán
a cabo las inspecciones de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario tanto ordinarias como
extraordinarias, con la emisión de los correspondientes informes relativos a la gestión de los
tributos cedidos.
Durante 2020, la actividad de la Administración Tributaria autonómica se ha visto afectada por la
pandemia internacional provocada por el COVID-19 y declarada por la Organización Mundial de
la Salud el pasado 11 de marzo. Esta situación ha afectado a la planificación de las actuaciones
presenciales que tenía previsto realizar en el año 2020 de visitas a las oficinas liquidadoras. Por
ello, el seguimiento de las actividades de las Oficinas Liquidadoras en el ejercicio 2021 también
debe adaptarse a esta circunstancia por motivos sanitarios.
Se prestará el apoyo técnico-jurídico para la elaboración de instrucciones que, a juicio de la
Dirección General de Tributos, sea procedente emitir para la unificación de criterios y resolución de aquellas dudas que se susciten en las Oficinas Liquidadoras en cualquiera de las fases
del procedimiento de Gestión Tributaria.
En este sentido, se mejorará el acceso y visibilidad a preguntas frecuentes, ampliando contenidos, actualizando de manera permanente los enlaces a normativa aplicable y potenciando