Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario.- (2021060607)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021

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nida en declaraciones tributarias correspondientes a tributos cedidos gestionados por las Comunidades, como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,
el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y los tributos estatales sobre el juego gestionados
por las Comunidades Autónomas por delegación del Estado, dado que dicha información pone de
relieve la existencia de otros posibles hechos imponibles, especialmente, en el Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre el Patrimonio.
En 2021, continuará el suministro por las Comunidades Autónomas a la Agencia Tributaria de
la información de las familias numerosas y de los grados de discapacidad. Esta información
resulta necesaria para la tramitación de los pagos anticipados de las deducciones por familias
numerosas y grados de discapacidad previstas en el artículo 81 bis de la Ley 35/2006, de 28
de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Por su parte, la Agencia Tributaria continuará proporcionando a las Administraciones Tributarias
autonómicas acceso a la información sobre los impuestos cedidos que sea necesaria para su
adecuada gestión tributaria.
Además de estos intercambios de información generales, se potenciarán los intercambios de
información específicos sobre determinados hechos, operaciones, valores, bienes o rentas con
trascendencia tributaria que resulten relevantes para la gestión tributaria de cualquiera de las
administraciones, especialmente para la lucha contra el fraude. En particular, durante 2021,
se intensificará el intercambio de información para la mejora de la gestión recaudatoria de los
importes adeudados a las administraciones tributarias.
Se fomentará la transmisión por parte de las Comunidades Autónomas de información sobre
los valores reales de transmisión de bienes y derechos en el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que hayan sido comprobados por la Administración tributaria de Extremadura en el curso
de procedimientos de control, dada la repercusión de este valor comprobado en los Impuestos
sobre la Renta de las Personas Físicas y Sociedades gestionados por la Agencia Tributaria.
Del mismo modo, se potenciará la remisión de información por parte de la Comunidad Autónoma sobre la constitución de rentas vitalicias, operaciones de disolución de sociedades y de
reducción del capital social con atribución de bienes o derechos de la sociedad a sus socios,
préstamos entre particulares y pagos presupuestarios antes de su realización, a efectos de
proceder al embargo del correspondiente derecho de crédito en caso de que el acreedor mantenga deudas pendientes de pago con la Agencia Tributaria.
Finalmente, en materia de intercambio de información, se continuará potenciando la colaboración entre la Agencia Tributaria y la Comunidad Autónoma en la transmisión de la información