Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario.- (2021060607)
Resolución de 1 de marzo de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021.
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NÚMERO 46
Martes, 9 de marzo de 2021
13088
ampliación de las aplicaciones informáticas permitirá automatizar determinadas tareas que
ahora se realizan manualmente, de manera que se producirá una mejora en la comprobación
y control de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Durante el ejercicio de 2021 se avanzará en las actuaciones ya iniciadas en los ejercicios
anteriores para dar cumplimiento a las previsiones normativas previstas en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
relacionadas con el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas y con la tramitación electrónica de expedientes.
Así pues, se mejorará la accesibilidad y la transparencia de la aplicación de los tributos y de
los servicios de información y asistencia a la ciudadanía.
En esta resolución se da publicidad a los criterios que informan el Plan de Control Tributario
para 2021 y mantendrán su vigencia hasta la aprobación de unas nuevas directrices.
1. Actuaciones de colaboración y coordinadas con otras Administraciones
Tributarias.
La colaboración entre la Agencia Tributaria y la Administración tributaria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se ajustará a las directrices establecidas conjuntamente entre
ambas administraciones en el Plan de Control Tributario y Aduanero que destina un apartado
a desarrollar este ámbito de actuación para el adecuado control de los tributos cedidos, que
sean gestionados por la Agencia tributaria o por las Administraciones autonómicas en virtud
de delegación.
Este principio de colaboración se establece en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que
se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, que prevé
el fomento y desarrollo de los intercambios de información entre las Administraciones tributarias autonómicas y la estatal, así como la necesidad de fijar una planificación coordinada
de las actuaciones desarrolladas por las distintas Administraciones sobre los tributos cedidos.
Durante el ejercicio de 2021 se llevarán a cabo actuaciones de cooperación con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, centradas fundamentalmente en los siguientes aspectos:
Continuarán los intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información
censal obtenida por las Administraciones Tributarias autonómicas y estatal.
Se fomentará igualmente la transmisión periódica a la Agencia Tributaria de la información conte-
Martes, 9 de marzo de 2021
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ampliación de las aplicaciones informáticas permitirá automatizar determinadas tareas que
ahora se realizan manualmente, de manera que se producirá una mejora en la comprobación
y control de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Durante el ejercicio de 2021 se avanzará en las actuaciones ya iniciadas en los ejercicios
anteriores para dar cumplimiento a las previsiones normativas previstas en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
relacionadas con el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas y con la tramitación electrónica de expedientes.
Así pues, se mejorará la accesibilidad y la transparencia de la aplicación de los tributos y de
los servicios de información y asistencia a la ciudadanía.
En esta resolución se da publicidad a los criterios que informan el Plan de Control Tributario
para 2021 y mantendrán su vigencia hasta la aprobación de unas nuevas directrices.
1. Actuaciones de colaboración y coordinadas con otras Administraciones
Tributarias.
La colaboración entre la Agencia Tributaria y la Administración tributaria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se ajustará a las directrices establecidas conjuntamente entre
ambas administraciones en el Plan de Control Tributario y Aduanero que destina un apartado
a desarrollar este ámbito de actuación para el adecuado control de los tributos cedidos, que
sean gestionados por la Agencia tributaria o por las Administraciones autonómicas en virtud
de delegación.
Este principio de colaboración se establece en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que
se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, que prevé
el fomento y desarrollo de los intercambios de información entre las Administraciones tributarias autonómicas y la estatal, así como la necesidad de fijar una planificación coordinada
de las actuaciones desarrolladas por las distintas Administraciones sobre los tributos cedidos.
Durante el ejercicio de 2021 se llevarán a cabo actuaciones de cooperación con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, centradas fundamentalmente en los siguientes aspectos:
Continuarán los intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información
censal obtenida por las Administraciones Tributarias autonómicas y estatal.
Se fomentará igualmente la transmisión periódica a la Agencia Tributaria de la información conte-