Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar.- (2021060583)
Resolución de 19 de enero de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Dehesa de los Guadalupes Solar SLU, para la instalación fotovoltaica "Beturia", e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, ubicada en el término municipal de Fregenal de la Sierra. Expte.: GE-M/41/19.
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NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021
12969
En este sentido, el precitado Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, recogía expresamente
en el apartado 5 del anexo XI que “Siempre que sea posible, se procurará que varias instalaciones productoras utilicen las mismas instalaciones de evacuación de la energía eléctrica,
aun cuando se trate de titulares distintos” esta previsión no se mantiene expresamente en
la normativa vigente, pero no se prohíbe, es más, son varias las referencias en la normativa
sectorial eléctrica las que contemplan la posibilidad de que dichas infraestructuras sean compartidas.
Así, por ejemplo, ha de recordarse lo recogido en el Anexo XV, punto 4, del Real Decreto
413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica
a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Cuando varios promotores compartan punto de conexión a la red de transporte, como es el caso que nos ocupa, la
tramitación de los procedimientos de acceso y conexión, ante el operador del sistema y transportista, Red Eléctrica de España (REE), deberá realizarse de forma conjunta y coordinada
por un Interlocutor Único de Nudo (en este caso Enel Green Power España, S.L.,) que actúa
en representación de los generadores. El hecho de que se contemple esta posibilidad, de forma que varias instalaciones independientes puedan compartir el mismo punto de conexión,
implica necesariamente que tengan que compartir infraestructuras de evacuación, ya que la
conexión al punto concedido por REE, en una nueva posición en la subestación Brovales 400
kV, solo puede llevarse a cabo a través de una única línea. Así se ha indicado por parte de REE
durante la tramitación coordinada de los procedimientos de acceso y conexión.
En cuanto a las alegaciones relativas al trazado de la línea de evacuación, argumentando que
la instalación “Beturia” podría verter su energía eléctrica a través de otros puntos de evacuación, pertenecientes a otras redes eléctricas, se señala, como cuestión previa que, no es
éste un aspecto meramente opinable, sino que se trata de una cuestión sometida a un procedimiento regulado por la legislación básica estatal. Así, corresponde a los gestores de las
redes de distribución y transporte, propietarios de las mismas, siempre que exista capacidad
de evacuación en el punto solicitado, otorgar a los promotores que lo soliciten, los permisos
de acceso y conexión, requisito previo y necesario para la obtención de las autorizaciones
administrativas. Para evaluar la capacidad de acceso los mencionados agentes han de tener
en cuenta, entre otras cuestiones, los criterios de seguridad y funcionamiento del sistema
eléctrico nacional. Se señala adicionalmente que, la existencia de capacidad en un punto de
la red de distribución, está condicionada a que también exista capacidad de evacuación en la
red de transporte de la que depende.
Además de lo anterior, la legislación básica estatal exige que los gestores de las redes pongan
a disposición del público las peticiones de acceso y las concesiones de acceso realizadas, con
lo que son conocidas las posibilidades o alternativas de conexión existentes en cada momento. Pues bien, de acuerdo con la información que ofrece el gestor de la red de transporte (Red
Lunes, 8 de marzo de 2021
12969
En este sentido, el precitado Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, recogía expresamente
en el apartado 5 del anexo XI que “Siempre que sea posible, se procurará que varias instalaciones productoras utilicen las mismas instalaciones de evacuación de la energía eléctrica,
aun cuando se trate de titulares distintos” esta previsión no se mantiene expresamente en
la normativa vigente, pero no se prohíbe, es más, son varias las referencias en la normativa
sectorial eléctrica las que contemplan la posibilidad de que dichas infraestructuras sean compartidas.
Así, por ejemplo, ha de recordarse lo recogido en el Anexo XV, punto 4, del Real Decreto
413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica
a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Cuando varios promotores compartan punto de conexión a la red de transporte, como es el caso que nos ocupa, la
tramitación de los procedimientos de acceso y conexión, ante el operador del sistema y transportista, Red Eléctrica de España (REE), deberá realizarse de forma conjunta y coordinada
por un Interlocutor Único de Nudo (en este caso Enel Green Power España, S.L.,) que actúa
en representación de los generadores. El hecho de que se contemple esta posibilidad, de forma que varias instalaciones independientes puedan compartir el mismo punto de conexión,
implica necesariamente que tengan que compartir infraestructuras de evacuación, ya que la
conexión al punto concedido por REE, en una nueva posición en la subestación Brovales 400
kV, solo puede llevarse a cabo a través de una única línea. Así se ha indicado por parte de REE
durante la tramitación coordinada de los procedimientos de acceso y conexión.
En cuanto a las alegaciones relativas al trazado de la línea de evacuación, argumentando que
la instalación “Beturia” podría verter su energía eléctrica a través de otros puntos de evacuación, pertenecientes a otras redes eléctricas, se señala, como cuestión previa que, no es
éste un aspecto meramente opinable, sino que se trata de una cuestión sometida a un procedimiento regulado por la legislación básica estatal. Así, corresponde a los gestores de las
redes de distribución y transporte, propietarios de las mismas, siempre que exista capacidad
de evacuación en el punto solicitado, otorgar a los promotores que lo soliciten, los permisos
de acceso y conexión, requisito previo y necesario para la obtención de las autorizaciones
administrativas. Para evaluar la capacidad de acceso los mencionados agentes han de tener
en cuenta, entre otras cuestiones, los criterios de seguridad y funcionamiento del sistema
eléctrico nacional. Se señala adicionalmente que, la existencia de capacidad en un punto de
la red de distribución, está condicionada a que también exista capacidad de evacuación en la
red de transporte de la que depende.
Además de lo anterior, la legislación básica estatal exige que los gestores de las redes pongan
a disposición del público las peticiones de acceso y las concesiones de acceso realizadas, con
lo que son conocidas las posibilidades o alternativas de conexión existentes en cada momento. Pues bien, de acuerdo con la información que ofrece el gestor de la red de transporte (Red