Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos.- (2021DE0004)
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 45

12556

Lunes, 8 de marzo de 2021

Artículo 22. Anticipos de caja fija.
El ordenador general de pagos de la Junta de Extremadura, en coordinación con las secretarias generales de las distintas consejerías, establecerá las normas que regulen los pagos
satisfechos mediante anticipos de caja fija, determinando los criterios generales de los gastos
que puedan ser satisfechos por tal sistema, los conceptos presupuestarios a los que serán
aplicables, los límites cuantitativos establecidos para cada uno de ellos, y cuantas estimaciones se consideren oportunas.
CAPÍTULO VI
Especialidades en la tramitación de los procedimientos
Artículo 23. Tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos de ejecución de gastos.
1. A los expedientes que se formen para la ejecución de gastos derivados de los fondos a que
se refiere este decreto-ley les será de aplicación la tramitación de urgencia y gozarán de
preferencia, de conformidad con los artículos 33 y 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin necesidad de
que el órgano administrativo motive dicha urgencia en el correspondiente acuerdo de inicio
y sin perjuicio de lo dispuesto en el Capítulo VIII del presente decreto-ley.
2. En ningún caso será objeto de reducción la duración de los plazos referidos a la presentación de solicitudes y de recursos.
CAPÍTULO VII
Medidas de agilización de las subvenciones financiables con fondos europeos
Artículo 24. Especialidades en materia de bases reguladoras y convocatorias de las
subvenciones financiables con fondos europeos.
1. L
 as bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de las mismas.
En estos casos, las bases reguladoras se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno
y el procedimiento se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los
trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias
de las entidades o ciudadanos que pudieren resultar interesados, durante un plazo común
de siete días naturales contados desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal
de la Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura, y siendo tan