Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos.- (2021DE0004)
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021
12549
4. La Escuela de Administración pública será dotada de los recursos personales y materiales
necesarios para la ejecución de los fondos adicionales y específicos asignados vinculados a
esa específica formación.
Artículo 9. Gestión de personal.
1. La secretaría general de la consejería correspondiente u órgano equivalente del organismo
autónomo, en su caso, que tenga atribuida la gestión de proyectos financiables con fondos
europeos tendrá como prioridad en la gestión del personal vinculado a estos proyectos, el
aprovechamiento del talento del personal al servicio de su consejería u organismo.
2. De acuerdo con lo establecido en el Título VIII de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, la secretaría general de la consejería correspondiente u órgano
equivalente del organismo autónomo, en su caso, que tenga atribuida la gestión de proyectos financiables con fondos europeos adoptará las acciones oportunas para movilizar
los recursos humanos necesarios en aras a una mayor agilidad y eficiencia en la gestión y
absorción de los fondos europeos ligados a la ejecución de dichos proyectos.
3. A
simismo, adoptarán medidas para fomentar por la consejería competente en materia de
función pública la capacitación del personal y el reconocimiento de su trabajo, tanto del
esfuerzo colectivo como del esfuerzo individual.
Artículo 10. Provisión de recursos humanos en las unidades administrativas de carácter provisional.
1. De acuerdo con la normativa vigente en materia de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los
procedimientos de provisión a utilizar serán:
a) Atribución temporal de funciones.
b) Comisiones de servicio, sin sujeción al límite temporal establecido en la normativa
de función pública. Si bien no podrá exceder del plazo establecido par a la gestión
y ejecución de los proyectos financiables con cargo a fondos europeos. Asimismo,
se excepciona lo dispuesto en el artículo 122.4 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura.
2. Cuando la adscripción al puesto de trabajo sea a localidad distinta a la del puesto de trabajo que desempeñaba, así como a la de su domicilio, dará lugar a las indemnizaciones que
procedan cuando concurran los requisitos.
Lunes, 8 de marzo de 2021
12549
4. La Escuela de Administración pública será dotada de los recursos personales y materiales
necesarios para la ejecución de los fondos adicionales y específicos asignados vinculados a
esa específica formación.
Artículo 9. Gestión de personal.
1. La secretaría general de la consejería correspondiente u órgano equivalente del organismo
autónomo, en su caso, que tenga atribuida la gestión de proyectos financiables con fondos
europeos tendrá como prioridad en la gestión del personal vinculado a estos proyectos, el
aprovechamiento del talento del personal al servicio de su consejería u organismo.
2. De acuerdo con lo establecido en el Título VIII de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, la secretaría general de la consejería correspondiente u órgano
equivalente del organismo autónomo, en su caso, que tenga atribuida la gestión de proyectos financiables con fondos europeos adoptará las acciones oportunas para movilizar
los recursos humanos necesarios en aras a una mayor agilidad y eficiencia en la gestión y
absorción de los fondos europeos ligados a la ejecución de dichos proyectos.
3. A
simismo, adoptarán medidas para fomentar por la consejería competente en materia de
función pública la capacitación del personal y el reconocimiento de su trabajo, tanto del
esfuerzo colectivo como del esfuerzo individual.
Artículo 10. Provisión de recursos humanos en las unidades administrativas de carácter provisional.
1. De acuerdo con la normativa vigente en materia de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los
procedimientos de provisión a utilizar serán:
a) Atribución temporal de funciones.
b) Comisiones de servicio, sin sujeción al límite temporal establecido en la normativa
de función pública. Si bien no podrá exceder del plazo establecido par a la gestión
y ejecución de los proyectos financiables con cargo a fondos europeos. Asimismo,
se excepciona lo dispuesto en el artículo 122.4 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura.
2. Cuando la adscripción al puesto de trabajo sea a localidad distinta a la del puesto de trabajo que desempeñaba, así como a la de su domicilio, dará lugar a las indemnizaciones que
procedan cuando concurran los requisitos.