Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos.- (2021DE0004)
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021
12540
A este respecto, ha de tenerse presente la enorme trascendencia de las ayudas reguladas por
ambos decretos-leyes, debido a la grave situación de las pymes de los sectores incluidos en
su ámbito de aplicación, como consecuencia de las medidas de contención de la pandemia,
habiéndose producido una enorme reducción en el consumo y grandes dificultades en las
cadenas de suministros, lo que ligado a las restricciones a la libre circulación de las personas
y al cierre temporal de negocios, han dado lugar a una gran disminución de la facturación,
quedando sus ingresos suprimidos o disminuidos drásticamente.
En la disposición final primera se modifica la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la
autonomía municipal de Extremadura.
Así, las complejas circunstancias derivadas de la pandemia hacen aconsejable asimismo
afrontar respuestas inmediatas que afectan a determinadas políticas públicas en las que convergen intereses autonómicos con los propiamente locales, además en un ámbito en el que el
reparto interno de competencias se concretó en la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía
de la autonomía municipal de Extremadura. En la citada Ley se reconoce a los municipios
extremeños un amplio elenco de competencias propias, se establece, asimismo, un completo
sistema institucional para hacer efectiva esa garantía de la autonomía municipal que, por
lo que ahora importa, se concreta en la creación de un órgano de concertación institucional
como es el Consejo de Política Local de Extremadura.
Ese Consejo de Política Local ha asumido importantes funciones en el impulso y posterior
concertación de los Programas de Colaboración Económica Municipal, que han sido creados
por los artículos 51 a 53 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2021, cuya finalidad no es otra que reforzar la autonomía municipal, esencialmente, en su autonomía de gasto, así como eliminar trabas burocráticas internas, tanto de
la Administración Pública de la Junta de Extremadura como de las propias Administraciones
Locales, que dificultan la agilidad en la tramitación de un sistema de subvenciones basado en
convocatorias anuales, en aras a la aplicación efectiva de la propia LGAMEX, pero también de
la Ley 8/2019, para una Administración más ágil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin duda, la crisis sanitaria/humanitaria, así como sus efectos directos en el ámbito económico y social, requieren respuestas rápidas para que también los ayuntamientos y el resto de
entidades locales puedan afrontar las imperiosas necesidades que la ciudadanía extremeña
tiene frente a una situación de la gravedad como la descrita. Los poderes públicos deben
ofrecer, por tanto, respuestas ágiles. Y, a tal efecto, los Programas de Colaboración Económica
Municipal que ha puesto en marcha la LPGCAEX para 2021, en los términos expresados en la
disposición adicional séptima de la LGAMEX, resulta una fórmula institucional idónea para dar
respuesta a las necesidades de financiación local en un contexto como el presente. Tal fórmula está, además, rodeada de las garantías que implica el fortalecimiento de la autonomía
Lunes, 8 de marzo de 2021
12540
A este respecto, ha de tenerse presente la enorme trascendencia de las ayudas reguladas por
ambos decretos-leyes, debido a la grave situación de las pymes de los sectores incluidos en
su ámbito de aplicación, como consecuencia de las medidas de contención de la pandemia,
habiéndose producido una enorme reducción en el consumo y grandes dificultades en las
cadenas de suministros, lo que ligado a las restricciones a la libre circulación de las personas
y al cierre temporal de negocios, han dado lugar a una gran disminución de la facturación,
quedando sus ingresos suprimidos o disminuidos drásticamente.
En la disposición final primera se modifica la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la
autonomía municipal de Extremadura.
Así, las complejas circunstancias derivadas de la pandemia hacen aconsejable asimismo
afrontar respuestas inmediatas que afectan a determinadas políticas públicas en las que convergen intereses autonómicos con los propiamente locales, además en un ámbito en el que el
reparto interno de competencias se concretó en la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía
de la autonomía municipal de Extremadura. En la citada Ley se reconoce a los municipios
extremeños un amplio elenco de competencias propias, se establece, asimismo, un completo
sistema institucional para hacer efectiva esa garantía de la autonomía municipal que, por
lo que ahora importa, se concreta en la creación de un órgano de concertación institucional
como es el Consejo de Política Local de Extremadura.
Ese Consejo de Política Local ha asumido importantes funciones en el impulso y posterior
concertación de los Programas de Colaboración Económica Municipal, que han sido creados
por los artículos 51 a 53 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2021, cuya finalidad no es otra que reforzar la autonomía municipal, esencialmente, en su autonomía de gasto, así como eliminar trabas burocráticas internas, tanto de
la Administración Pública de la Junta de Extremadura como de las propias Administraciones
Locales, que dificultan la agilidad en la tramitación de un sistema de subvenciones basado en
convocatorias anuales, en aras a la aplicación efectiva de la propia LGAMEX, pero también de
la Ley 8/2019, para una Administración más ágil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin duda, la crisis sanitaria/humanitaria, así como sus efectos directos en el ámbito económico y social, requieren respuestas rápidas para que también los ayuntamientos y el resto de
entidades locales puedan afrontar las imperiosas necesidades que la ciudadanía extremeña
tiene frente a una situación de la gravedad como la descrita. Los poderes públicos deben
ofrecer, por tanto, respuestas ágiles. Y, a tal efecto, los Programas de Colaboración Económica
Municipal que ha puesto en marcha la LPGCAEX para 2021, en los términos expresados en la
disposición adicional séptima de la LGAMEX, resulta una fórmula institucional idónea para dar
respuesta a las necesidades de financiación local en un contexto como el presente. Tal fórmula está, además, rodeada de las garantías que implica el fortalecimiento de la autonomía