Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (Suplemento DOE). (2021060668)
Resolución de 4 de marzo de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 3 de marzo 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se modifican las medidas preventivas adicionales en relación con los servicios sociales previstas en el Acuerdo de 2 de septiembre de 2020 por el que se establecen las medidas básicas de prevención en materia de salud pública aplicables en Extremadura tras la superación de la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
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SUPLEMENTO NÚMERO 44
Viernes, 5 de marzo de 2021



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f) De la obligación de información.



Las direcciones de los dispositivos residenciales facilitarán y promoverán la comunicación constante de familiares y residentes utilizando medios telemáticos y facilitando el contacto periódico telefónico de los familiares con los residentes, especialmente, con los que se encuentren en aislamiento o cuarentena. En estos últimos casos,
se informará con periodicidad diaria sobre la evolución y el estado de salud de las
personas afectadas.



3. Centros de mayores (Hogares Club)



— Los responsables de cada centro de titularidad del SEPAD establecerán los aforos
y la participación de socios en las actividades, así como las actividades que puedan realizarse según las circunstancias de cada centro y siempre que se pueda
garantizar el distanciamiento social y las medidas de higiene y protección de socios y trabajadores.

Las cafeterías de estos centros pueden realizar la actividad normal en atención a
los socios del centro, debiendo extremar las medidas de higiene, desinfección y
limpieza, así como el uso de mascarilla y el distanciamiento social. Siempre que
la capacidad de aforo del establecimiento no supere el cincuenta por ciento, se
podrá dar servicio al público en general; en caso contrario, el servicio deberá ser
exclusivo para los socios del centro


— En los centros de titularidad municipal se recomienda que se sigan las medidas
establecidas para los centros del SEPAD.



4. Centros diurnos



4.1. Centros de día de mayores y de atención al deterioro cognitivo:

Todos los centros de servicios diurnos, tanto públicos como privados, y aquellos
de atención a personas con demencia, irán de forma progresiva habilitando todos
los servicios habituales en cada centro, dependiendo de las posibilidades de cada
uno, si bien es necesario que se adopten las siguientes medidas:


— Podrán proceder a la incorporación de nuevos usuarios siguiendo las indicaciones que determinen los profesionales y siempre que puedan garantizar
en todo momento las medidas de distanciamiento y medidas higiénicas y
desinfección de las dependencias y materiales utilizados.