Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Competencia Profesional.- (2021050025)
Orden de 3 de marzo de 2021 por la que se convoca, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales de las cualificaciones profesionales de Fábricas de albañilería, Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles, Mecanizado por arranque de viruta, Cocina, Servicios de restaurante, bar y cafetería, Instalación de placas de yeso laminado y falsos techos, Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas, Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas, Montaje, puesta en servicio, mantenimiento, inspección y revisión de instalaciones receptoras y aparatos de gas, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
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NÚMERO 44
Viernes, 5 de marzo de 2021

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de Evaluación, en el que se hará constar sus posibilidades de formación, con las orientaciones
pertinentes, según proceda:


— Para que puedan acreditar en convocatorias posteriores las unidades de competencia para las que habían solicitado acreditación y no hayan alcanzado el resultado de
demostradas.



— Para completar la formación conducente a la obtención de un título de formación
profesional o certificado de profesionalidad relacionado con las mismas.

Artículo 16. Financiación.
1. D
 e la convocatoria no se derivan obligaciones económicas directas para la Consejería de
Educación y Empleo, sin perjuicio de las compensaciones previstas para las personas asesoras y evaluadoras, así como de las indemnizaciones correspondiente a kilometraje por
gastos de viaje en vehículo particular de acuerdo a lo establecido en el Decreto 287/2007,
de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y con el límite en las cuantías y conceptos vigentes acordados por la Secretaría General de la Consejería competente
en materia de Hacienda.
2. L
 os gastos derivados de esta orden de Convocatoria podrán ser financiadas con fondos
procedentes del acuerdo adoptado en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el
día quince de diciembre de dos mil veinte, a propuesta de la Ministra de Educación y
Formación Profesional, se ha aprobado el Acuerdo por el que se formalizan los criterios
de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de
Educación, así como la distribución resultante del crédito para el año 2020 para financiar
el Plan de Formación Profesional para el crecimiento económico y social y la empleabilidad,
por importe de 262.151.626,48 euros.
3. E
 n el presupuesto de gastos vigente del Ministerio de Educación y Formación Profesional,
en la aplicación presupuestaria 18.05.322B.455, se destina la cantidad de 262.151.626,48
€ para la ejecución en 2020 del Plan de Choque para la Formación Profesional y la Empleabilidad. La tramitación del expediente tiene la autorización del Ministerio de Hacienda
prevista en el apartado sexto del Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de
2019, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado del año 2019, para el ejercicio presupuestario 2020.
4. D
 e conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados, en los términos que figuran en el anexo, los criterios
de distribución a las Comunidades Autónomas, aprobados en el seno de la Conferencia
Sectorial de Educación en la reunión celebrada el 4 de diciembre de 2020, así como la