SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES. (BORME-C-2024-880)
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Lunes 18 de marzo de 2024

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Procedimiento de suscripción. Las Obligaciones Convertibles se ofrecen con
carácter preferente a los accionistas de la Sociedad, quienes podrán ejercer su
derecho de suscripción preferente y proporcional con respecto a la totalidad de las
Obligaciones Convertibles.
Periodo de suscripción preferente: tendrán derecho de suscripción preferente
sobre las Obligaciones Convertibles todos los accionistas de la Sociedad que
hayan adquirido sus acciones hasta el día de la publicación del presente anuncio
en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (el "BORME") esto es, hasta el 18 de
marzo de 2024 (inclusive), y cuyas operaciones de adquisición se hayan liquidado
dentro de los 2 días hábiles bursátiles inmediatamente siguientes, esto es, hasta el
20 de marzo de 2024 (inclusive), todo ello de acuerdo con las reglas, sistemas y
procedimientos de compensación y liquidación de valores que resulten de
aplicación.
A cada acción de la Sociedad actualmente en circulación (excluidas las
4.882.042 acciones que la Sociedad tiene en autocartera y las 163.661 acciones
titularidad de accionistas directivos de sociedades del Grupo que han renunciado
al ejercicio de los derechos de suscripción preferente sobre dichas acciones) le
corresponderá 1 derecho de suscripción preferente sobre las Obligaciones
Convertibles. Por cada 3.787 derechos de suscripción preferente de los que se sea
titular, se podrá suscribir una Obligación Convertible.
El periodo de suscripción preferente comenzará el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio relativo a la Emisión en el BORME, es decir, el 19
de marzo de 2024, y tendrá una duración de 15 días naturales, por lo que finalizará
el 2 de abril de 2024 (ambos días incluidos) (el "Periodo de Suscripción
Preferente").
Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas
condiciones que las acciones de las que derivan y serán libremente negociables en
las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia (las "Bolsas de
Valores españolas"), a través del Sistema de Interconexión Bursátil (SIBE), entre el
19 de marzo de 2024 y el 2 de abril de 2024. Por tanto, durante el Periodo de
Suscripción Preferente, otros inversores distintos de los accionistas podrán adquirir
en el mercado los derechos de suscripción preferente suficientes y en la proporción
necesaria para suscribir Obligaciones Convertibles.
Adicionalmente, los accionistas de la Sociedad que ejerciten la totalidad de los
derechos de suscripción preferente y los inversores que adquieran derechos de
suscripción preferente y los ejerciten en su totalidad podrán solicitar, al tiempo de
ejercitar sus derechos de suscripción preferente, la suscripción sin límite
cuantitativo de las Obligaciones Convertibles adicionales (las "Obligaciones
Convertibles Adicionales") para el caso de que, al término del Periodo de
Suscripción Preferente, quedaran Obligaciones Convertibles no suscritas en
ejercicio de los derechos de suscripción preferente (las "Obligaciones Convertibles
Sobrantes") y, por tanto, no se hubiera cubierto el importe total de la Emisión.
Para ejercer los derechos de suscripción preferente y, en su caso, solicitar las
Obligaciones Convertibles Adicionales, sus titulares deberán dirigirse a la Entidad
Participante en cuyo registro contable tengan inscritos los derechos de suscripción
preferente, indicando su voluntad de ejercitar el mencionado derecho de
suscripción preferente y, en su caso, solicitar las Obligaciones Convertibles
Adicionales.

cve: BORME-C-2024-880
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Núm. 55