Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-16486)
Resolución de 6 de agosto de 2025, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190

Viernes 8 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 107933

C. Garantizar que el desarrollo de la práctica no interfiera en el normal
desenvolvimiento de las tareas propias del ICAA.
D. Revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el tutor asignado
por el ICAA, si, una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase conveniente
dicha revisión.
Cuarta. Compromisos del ICAA.
A. Dar cumplimiento a las actividades incluidas en los proyectos formativos,
aportando los medios materiales necesarios para ello.
B. Nombrar un tutor de prácticas para el adecuado seguimiento y valoración de las
actividades realizadas por los estudiantes. El tutor remitirá, al final de cada período de
prácticas en un plazo máximo de cinco días hábiles, a la Escuela Superior de
Conservación y Restauración de Bienes Culturales un informe sobre el resultado y
rendimiento de cada estudiante, de forma individualizada.
C. Informar al estudiante sobre las condiciones de seguridad e higiene vigentes y
sobre las medidas de prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a
desarrollar las prácticas académicas externas concertadas.
D. Facilitar al profesor-tutor de la Escuela Superior de Conservación y Restauración
de Bienes Culturales el acceso a los centros de prácticas para el cumplimiento de los
fines propios de su función.
E. Revisar, en su caso, la programación de las prácticas junto con el profesor-tutor
del centro educativo, si, una vez iniciadas y a la vista de los resultados, se estimase
conveniente dicha revisión.
F. Facilitar al estudiante la asistencia a los exámenes, pruebas de evaluación y
otras actividades académicas obligatorias.
G. El tutor de prácticas informará a la Escuela Superior de Conservación y
Restauración de Bienes Culturales, dentro de los cinco primeros días del mes, los días
efectivos de prácticas realizadas por los estudiantes en el mes anterior a los efectos de
darles de alta en el sistema de la Seguridad Social, acorde a lo dispuesto en la disposición
adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Régimen del alumnado en prácticas.

A. Para la realización de las prácticas externas de las enseñanzas de nivel de grado
o de máster será requisito indispensable que el estudiante se encuentre matriculado en
dicha asignatura en el curso académico durante el cual se vayan a llevar a cabo.
B. Durante las prácticas externas, el alumnado dispondrá de la cobertura que les
garantiza el seguro escolar, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora. En
caso de que el estudiante tenga más de veintiocho años, deberá acreditar disponer, al
menos, de cobertura a través del sistema de la Seguridad Social o bien derivada de la
suscripción de póliza con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el centro
educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el momento de
formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas.
C. Los estudiantes realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde, en
régimen de prácticas externas.
D. Las prácticas se desarrollarán durante el periodo lectivo del calendario escolar
correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la
Comunidad de Madrid.
E. El estudiante en prácticas deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y
disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del
documento que le identifica como estudiante de la Escuela Superior de Conservación y
Restauración de Bienes Culturales. Asimismo, ha de respetar las normas de régimen
interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a
tal efecto del tutor de prácticas del ICAA. En caso de ausencia o retraso, el estudiante

cve: BOE-A-2025-16486
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Quinta.