Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-16483)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Blue Viking Beatrice, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Pioz RD2, de 26,16 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Pioz, Santorcaz, Anchuelo, Villalbilla y Alcalá de Henares, en la provincia de Guadalajara y en la Comunidad de Madrid, y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 107878
es 19263A003000930000QK, pasando de una ocupación de 31,297 hectáreas a 25,801
hectáreas, lo que se traduce en la reducción de la potencia instalada de un 7,43 %, en
concreto desde los 28,26 MW a los 26,16 MW de potencia instalados.
– Modificar el trazado y las características de la línea de evacuación a 45 kV que
conecta la subestación eléctrica transformadora Pioz RD2 30/45 kV con la subestación
eléctrica transformadora Alcalá I 15/45/132 kV, concretamente en los siguientes tramos.
● Modificación del trazado del tramo aéreo y de doble circuito, comprendido entre los
apoyos TD9 y TD32, manteniendo respecto del anterior diseño su longitud total
(2,185 km), afectando al término municipal de Anchuelo en la Comunidad de Madrid, en
respuesta al informe recibido por parte de Red Eléctrica de España, SAU.
● Modificación del trazado del tramo subterráneo y de simple circuito, comprendido
entre los apoyos TS4 y TS5, manteniendo respecto al anterior diseño su longitud total
(0,41 km), afectando al término municipal de Villalbilla en la Comunidad de Madrid, en
respuesta al informe recibido por parte de la Dirección General de Carreteras de la
Comunidad de Madrid.
● Modificación del trazado del tramo aéreo y de simple circuito, comprendido entre
los apoyos TS5 y TS20, manteniendo respecto al anterior diseño su longitud total
(0,945 km) y afectando a los términos municipales Villabilla y Alcalá de Henares en la
Comunidad de Madrid, en respuesta al informe recibido por parte de la Dirección General
de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
● Soterramiento del trazado de simple circuito, comprendido entre el apoyo TS17 y
el apoyo TS20, manteniendo respecto al anterior diseño su longitud total (0,617 km),
afectando al término municipal de Alcalá de Henares en la Comunidad de Madrid, en
respuesta al informe recibido por parte del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
● Modificación del trazado del tramo subterráneo y de simple circuito, comprendido
entre el apoyo TS20 y el pórtico de la subestación eléctrica transformadora Alcalá I,
pasando su longitud total de los 2,320 km a los 2,407 km, afectando al término municipal
de Alcalá de Henares en la Comunidad de Madrid, en respuesta al informe recibido por
parte del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
El expediente ha sido incoado y tramitado en su totalidad por el Área de Industria y
Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible; de la
Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda, Transportes
e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Medio Natural
y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha y de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial
de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de Telefónica España SAU, de I-DE Redes Eléctricas
Inteligentes SAU, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red
Ferroviaria del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Viceconsejería de
Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de
Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la
Comunidad de Madrid, y del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) y de la
Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Movilidad e
Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en las que se establecen condicionados
técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
cve: BOE-A-2025-16483
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 190
Viernes 8 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 107878
es 19263A003000930000QK, pasando de una ocupación de 31,297 hectáreas a 25,801
hectáreas, lo que se traduce en la reducción de la potencia instalada de un 7,43 %, en
concreto desde los 28,26 MW a los 26,16 MW de potencia instalados.
– Modificar el trazado y las características de la línea de evacuación a 45 kV que
conecta la subestación eléctrica transformadora Pioz RD2 30/45 kV con la subestación
eléctrica transformadora Alcalá I 15/45/132 kV, concretamente en los siguientes tramos.
● Modificación del trazado del tramo aéreo y de doble circuito, comprendido entre los
apoyos TD9 y TD32, manteniendo respecto del anterior diseño su longitud total
(2,185 km), afectando al término municipal de Anchuelo en la Comunidad de Madrid, en
respuesta al informe recibido por parte de Red Eléctrica de España, SAU.
● Modificación del trazado del tramo subterráneo y de simple circuito, comprendido
entre los apoyos TS4 y TS5, manteniendo respecto al anterior diseño su longitud total
(0,41 km), afectando al término municipal de Villalbilla en la Comunidad de Madrid, en
respuesta al informe recibido por parte de la Dirección General de Carreteras de la
Comunidad de Madrid.
● Modificación del trazado del tramo aéreo y de simple circuito, comprendido entre
los apoyos TS5 y TS20, manteniendo respecto al anterior diseño su longitud total
(0,945 km) y afectando a los términos municipales Villabilla y Alcalá de Henares en la
Comunidad de Madrid, en respuesta al informe recibido por parte de la Dirección General
de Carreteras de la Comunidad de Madrid.
● Soterramiento del trazado de simple circuito, comprendido entre el apoyo TS17 y
el apoyo TS20, manteniendo respecto al anterior diseño su longitud total (0,617 km),
afectando al término municipal de Alcalá de Henares en la Comunidad de Madrid, en
respuesta al informe recibido por parte del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
● Modificación del trazado del tramo subterráneo y de simple circuito, comprendido
entre el apoyo TS20 y el pórtico de la subestación eléctrica transformadora Alcalá I,
pasando su longitud total de los 2,320 km a los 2,407 km, afectando al término municipal
de Alcalá de Henares en la Comunidad de Madrid, en respuesta al informe recibido por
parte del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
El expediente ha sido incoado y tramitado en su totalidad por el Área de Industria y
Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid, de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible; de la
Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda, Transportes
e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de Medio Natural
y Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha y de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial
de la Consejería de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de Telefónica España SAU, de I-DE Redes Eléctricas
Inteligentes SAU, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red
Ferroviaria del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Viceconsejería de
Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de
Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la
Comunidad de Madrid, y del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) y de la
Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Movilidad e
Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en las que se establecen condicionados
técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
cve: BOE-A-2025-16483
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Núm. 190