Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-16475)
Orden ITU/867/2025, de 21 de julio, por la que se modifican órdenes ministeriales por las que se regulan las bases para la concesión de ayudas y sus convocatorias en materia turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de adecuarlas a la estructura del Ministerio de Industria y Turismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 107594
Artículo segundo. Modificación de la Orden ICT/1521/2021, de 30 de diciembre, por la
que se aprueban las bases reguladoras para el programa de ayudas a organismos
de investigación y de difusión de conocimientos para proyectos de I+D para dar
respuesta a los retos de los destinos turísticos, y se aprueba la convocatoria
correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
La Orden ICT/1521/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para el programa de ayudas a organismos de investigación y de difusión de
conocimientos para proyectos de I+D para dar respuesta a los retos de los destinos
turísticos, y se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se modifica en los términos
siguientes:
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 16, que queda redactado en los
términos siguientes:
«2. El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento
será la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos, dependiente de la
Dirección General de Políticas Turísticas. Ese mismo órgano será el responsable
del seguimiento de las actuaciones financiadas.»
Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 19, que queda redactado en los
términos siguientes:
«1. Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán a la División de
Programas Turísticos y Asuntos Económicos, dependiente de la Dirección General
de Políticas Turísticas, órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento,
cuyos formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y
presentación en el portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo
(https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas), donde se dispondrán los medios
electrónicos de ayuda necesarios.»
Artículo tercero. Modificación de la Orden ICT/1527/2021, de 30 de diciembre, por la
que se aprueban las bases reguladoras para el programa de ayudas para la
transformación digital y modernización de las entidades locales que forman parte de
la red de destinos turísticos inteligentes, y se procede a su convocatoria
correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del plan de recuperación,
transformación y resiliencia.
La Orden ICT/1527/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para el programa de ayudas para la transformación digital y modernización
de las entidades locales que forman parte de la red de destinos turísticos inteligentes, y
se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, se modifica en los términos siguientes:
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 12, que queda redactado en los
términos siguientes:
«1. El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento
será la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos, dependiente de la
Dirección General de Políticas Turísticas. Ese mismo órgano será el responsable
del seguimiento de las actuaciones financiadas.»
cve: BOE-A-2025-16475
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 190
Viernes 8 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 107594
Artículo segundo. Modificación de la Orden ICT/1521/2021, de 30 de diciembre, por la
que se aprueban las bases reguladoras para el programa de ayudas a organismos
de investigación y de difusión de conocimientos para proyectos de I+D para dar
respuesta a los retos de los destinos turísticos, y se aprueba la convocatoria
correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
La Orden ICT/1521/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para el programa de ayudas a organismos de investigación y de difusión de
conocimientos para proyectos de I+D para dar respuesta a los retos de los destinos
turísticos, y se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se modifica en los términos
siguientes:
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 16, que queda redactado en los
términos siguientes:
«2. El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento
será la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos, dependiente de la
Dirección General de Políticas Turísticas. Ese mismo órgano será el responsable
del seguimiento de las actuaciones financiadas.»
Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 19, que queda redactado en los
términos siguientes:
«1. Las solicitudes para la obtención de ayuda se dirigirán a la División de
Programas Turísticos y Asuntos Económicos, dependiente de la Dirección General
de Políticas Turísticas, órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento,
cuyos formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y
presentación en el portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo
(https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas), donde se dispondrán los medios
electrónicos de ayuda necesarios.»
Artículo tercero. Modificación de la Orden ICT/1527/2021, de 30 de diciembre, por la
que se aprueban las bases reguladoras para el programa de ayudas para la
transformación digital y modernización de las entidades locales que forman parte de
la red de destinos turísticos inteligentes, y se procede a su convocatoria
correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del plan de recuperación,
transformación y resiliencia.
La Orden ICT/1527/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras para el programa de ayudas para la transformación digital y modernización
de las entidades locales que forman parte de la red de destinos turísticos inteligentes, y
se procede a su convocatoria correspondiente al ejercicio 2021, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, se modifica en los términos siguientes:
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 12, que queda redactado en los
términos siguientes:
«1. El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento
será la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos, dependiente de la
Dirección General de Políticas Turísticas. Ese mismo órgano será el responsable
del seguimiento de las actuaciones financiadas.»
cve: BOE-A-2025-16475
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 190